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CASTELLANO JOSE FABRICIANO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor demandó a ANSES solicitando reajustes del haber inicial, recalculo de la PBU y declaración de inconstitucionalidad de varias normas y bonos extraordinarios. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de grado, difirió el tratamiento de la inconstitucionalidad de la ley 27.609 y el reclamo relativo a bonos para la etapa de ejecución, confirmó lo demás, impuso costas a ANSES y reguló honorarios.

Reajuste previsional Prestacion basica universal Ley 27.609 Bonos extraordinarios Inconstitucionalidad diferida Costas Honorarios Formula de movilidad Dnu 274/2024 Seguridad social


¿Quién es el actor?

CASTELLANO JOSE FABRICIANO.

¿A quién se demanda?

ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajustes del haber inicial, recalculo de la Prestación Básica Universal (PBU), declaración de inconstitucionalidad de las leyes 27.541, 27.609 y otras normas/decretos, y cuestionamiento de la forma de otorgamiento de bonos extraordinarios/refuerzos previsionales.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia apelada, diferió el tratamiento de la inconstitucionalidad de la ley 27.609 y del planteo referido a los bonos extraordinarios para la etapa de ejecución de sentencia, confirmó la sentencia en lo demás que fue materia de agravios, impuso costas a la demandada vencida conforme doctrina de la CSJN y reguló honorarios (30% de lo fijado en la instancia anterior más IVA). Se devolvieron las actuaciones al juzgado de origen.
- Fundamentos principales (selección y citas textuales relevantes): Sobre la actualización de la PBU y su incidencia: "en casos como el de autos donde no se encuentra ordenada la actualización de la PC y la PAP, la incidencia de la PBU sobre el haber total deberá calcularse aplicando, sobre el valor del AMPO/MOPRE histórico, el índice considerado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el precedente 'Badaro' del 26 de noviembre de 2007 (Índice de Salarios según el INDEC entre el 31/12/01 y el 31/12/06) y, una vez realizado ese cálculo, deberá verificarse si la falta de actualización genera en el haber final una diferencia mayor al 15% que la torne confiscatoria (esta cuenta se realizará comparando el haber de Caja, con la sumatoria de la PC y PAP de Caja más la PBU actualizada. Si la diferencia en el monto final supera el 15% del haber de Caja, corresponde su actualización)." Sobre la prudencia en declarar la inconstitucionalidad de la ley 27.609: "a la luz de los precedentes citados, el contexto de cambio y la posibilidad de una solución normativa, me llevan a concluir que sería prudente diferir el tratamiento de la inconstitucionalidad de la ley 27.609 para la etapa de ejecución." Sobre los bonos extraordinarios y su tratamiento: "el planteo de la actora exige un análisis más profundo y contextualizado que resulta prematuro en esta instancia... entiendo que este planteo debe seguir igual suerte, por lo que propicio tal como lo hice con relación a la Ley 27609 diferir su evaluación para la etapa de ejecución de sentencia." Sobre costas: "En el marco de lo resuelto por la CSJN en autos: 'Morales Blanca Azucena c/ ANSeS s/ Impugnación de Acto Administrativo'... corresponde confirmar la imposición de costas a la demandada vencida (art. 36 Ley 27.423)."
- Votos y disidencia: La solución fue adoptada por mayoría (Dra. Nora C. Dorado y Dr. Walter F. Carnota adhieren al voto que encabeza el decisorio). El Dr. Juan A. Fantini manifestó disidencia parcial con el preopinante en puntos concretos sobre el recálculo de la PBU y la metodología aplicable, pero la mayoría resolvió conforme al bloque dispositivo arriba transcripto.

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