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CORTIÑAS RAFAEL GUSTAVO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor demandó a ANSES por reajustes varios de haberes previsionales, inclusión de sumas extraordinarias y exención del impuesto a las ganancias sobre retroactivos. La Cámara Federal de la Seguridad Social dejó sin efecto lo decidido respecto del art. 2 de la ley 27.426, revocó la declaración de inconstitucionalidad del art.14 punto 2 de la Resolución SSS 06/09, diferió para la ejecución el análisis de sumas extraordinarias y confirmó la sentencia en lo demás, disponiendo además la no aplicación del impuesto a las ganancias sobre la retroactividad.

Reajustes Movilidad previsional Ley 27.426 Ley 27.609 Sumas extraordinarias Topes de haberes Retroactivos Impuesto a las ganancias Costas Anses


¿Quién es el actor?

CORTIÑAS RAFAEL GUSTAVO.

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: impugnación por reajustes varios de haberes previsionales (recalculo del haber inicial, aplicación de índices de movilidad, percepción de “refuerzos previsionales”/bonos/suplementos/subsidios extraordinarios), declaración de inconstitucionalidad de normas (ley 27.609, art.2 ley 27.426, art.14.2 Res. SSS 06/09), exención del impuesto a las ganancias sobre retroactivos y regulación de costas y honorarios.

¿Qué se resolvió?

se dejó sin efecto lo decidido sobre el art. 2 de la ley 27.426; se difirió para la etapa de ejecución el cuestionamiento sobre las sumas extraordinarias; se revocó la declaración de inconstitucionalidad del art. 14 punto 2 de la Resolución SSS 06/09 y se difirió su análisis a la etapa liquidatoria; se dispuso la no aplicación del impuesto a las ganancias sobre la retroactividad y sobre el haber mensual; se confirmó lo decidido respecto de las costas en la instancia de grado y se confirmó la sentencia recurrida en lo demás; se fijaron costas por su orden en la alzada y honorarios de la dirección letrada del actor en el 30% de lo que estipule para la instancia anterior.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): 1) "Así las cosas, corresponde hacer lugar al planteo efectuado por la parte demandada y dejar sin efecto lo decidido sobre su art. 2." 2) "En los términos que anteceden corresponde admitir parcialmente la queja dirigida en torno a la percepción de las sumas extraordinarias dispuestas por el Poder Ejecutivo y, en consecuencia, diferir para la etapa procesal oportuna la acreditación de los extremos señalados en párrafo precedente." 3) "Ha de diferirse para la etapa de ejecución el tratamiento de los agravios dirigidos contra lo resuelto en la sentencia apelada sobre aplicación de topes de haberes (art. 9 de la ley 24.463, Resolución SSS 6/2009) ... pues es en ese momento donde se puede demostrar en el caso el perjuicio concreto que la aplicación de dichas normas podrían ocasionar al actor."
- Citas textuales importantes: "Disponer la no aplicación del impuesto a las ganancias sobre la retroactividad que resulte de la liquidación a practicar por el reajuste de haberes dispuesto en esta causa y sobre el haber mensual." / "Costas por su orden en la Alzada..." (arts. 68 CPCCN y 36 ley 27.423).
- Votos en disidencia: se consignó "JUAN FANTINI ALBARENQUE, JUEZ DE CÁMARA (en disidencia parcial)". En su intervención (punto XII) el Dr. Fantini Albarenque dejó constancia de su opinión sobre la actualización de la PBU y otros aspectos, adhiriendo a índices y proponiendo confirmar ciertos criterios del grado; su voto constituye disidencia parcial frente al acuerdo mayoritario.

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