RUIZ CARMEN ANTONIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
ANSeS apeló la declaración de inconstitucionalidad del art. 26 de la ley 24.241 y otras decisiones sobre la actualización de haberes previsionales. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó la declaración de inconstitucionalidad del art. 26 y, difiriendo su análisis a la etapa liquidatoria, confirmó la sentencia recurrida en lo demás.
¿Quién es el actor?
RUIZ CARMEN ANTONIO.
¿A quién se demanda?
ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajustes y revisión del haber inicial de la prestación previsional (cuestiones relativas a actualización de remuneraciones para cálculo del haber inicial, Prestación Básica Universal, declaración de inconstitucionalidad del art. 26 de la ley 24.241, aplicación de normas y topes previstos en leyes y decretos, retención del impuesto a las ganancias, aplicación de precedentes sobre aportes autónomos).
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la declaración de inconstitucionalidad del art. 26 de la ley 24.241 y diferió el análisis de esa cuestión a la etapa liquidatoria; en lo demás confirmó la sentencia recurrida que fue materia de agravios. Asimismo dispuso costas por su orden en la alzada ante la falta de contradicción.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"En el sentido de lo expuesto, consideramos que no existen elementos suficientes que permitan declarar la inconstitucionalidad de la emergencia sancionada por el Congreso a través de la ley 27.541, ni tampoco de los decretos dictados por el Poder Ejecutivo en función de la delegación legislativa realizada, toda vez que no se evidencia irracionabilidad respecto de los fines propuestos en las bases de delegación, no viéndose vulnerado el mandato constitucional del art. 14 bis de la CN."
"Que, por razones de celeridad y economía procesal, ha de diferirse para la etapa de ejecución el tratamiento de los agravios dirigidos contra lo resuelto en la sentencia apelada sobre aplicación de topes de haberes (art. 26 de la ley 24.241) que fueron oportuna y fundadamente cuestionados en la demanda, pues es en ese momento donde se puede demostrar en el caso el perjuicio concreto que la aplicación de dichas normas podrían ocasionar al actor."
"Por ello el Tribunal, RESUELVE: 1.
- Revocar la declaración de inconstitucionalidad del Art. 26 de la ley 24241 y diferir dicho análisis a la etapa liquidatoria de conformidad lo previsto con anterioridad. 2.
- Confirmar la sentencia recurrida en lo demás que decide y ha sido materia de agravios, con el fundamento y alcances indicados precedentemente. 3.
- Costas por su orden en la Alzada ante la falta de contradicción (art. 68, 2º del CPCCN, art. 36 de la ley 27.423 y caso “Morales, Blanca” (Fallos: 346:634))"
- Disidencias: No se consignan votos en disidencia en el bloque resolutorio; el acuerdo que resuelve es el que aquí se transcribe y prevalece sobre cualquier propuesta individual.
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