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QUEROL MYRIAM ELIZABETH c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS

La actora promovió amparo contra la ANSES para cuestionar la aplicación del tope del art. 9 de la ley 24.463 y la retención del impuesto a las ganancias. El Juzgado Federal hizo lugar a la demanda, declaró inconstitucional e inaplicable el art. 9 de la ley 24.463 respecto del haber docente de la actora y ordenó a ANSES abonar el haber y retroactivos sin aplicar dicho tope en 30 días hábiles.

Amparo Anses Art. 9 ley 24.463 Inconstitucionalidad Jubilacion docente Ley 24.241 Decreto 137/2005 Impuesto a las ganancias Retroactivos Costas


¿Quién es el actor?

Myriam Elizabeth Querol (DNI 18.029.741).

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
- Objeto de la demanda: Amparo para que se declare la inconstitucionalidad/inaplicabilidad de la Circular ANSES Prev 05-0819 y, en concreto, del artículo 9 de la ley 24.463 (tope y escala de deducción) sobre su haber previsional obtenido por servicios docentes; además, reintegro de sumas retenidas y que no se practiquen descuentos por Impuesto a las Ganancias sobre el haber y sobre eventuales retroactivos.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda; se declaró la inconstitucionalidad e inaplicabilidad del art. 9 de la ley 24.463 respecto del beneficio jubilatorio de la actora; se ordenó a ANSES abonar el beneficio sin aplicar el tope del art. 9 y liquidar y abonar el retroactivo devengado conforme las pautas del decisorio, ambos dentro de 30 días hábiles; costas a cargo de la demandada; regulación de honorarios diferida para la etapa de ejecución.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "El objeto de la pretensión es obtener la declaración de inaplicabilidad del artículo 9 de la ley 24.463 sobre el haber previsional de la actora obtenido por sus servicios docentes, en los términos de la Ley 24.241 + Decreto 137/2005." "Siguiendo con el razonamiento indicado en el considerando anterior, no es posible considerar válido sostener en el universo de jubilados docentes la aplicación de la escala de deducción y del tope máximo previsional previstos en el artículo 9 incisos 2 y 3, respectivamente de la ley 24.463 ... sin alterarse injustamente el principio de igualdad garantizado por el artículo 16 de la Constitución Nacional." "Por lo expuesto la Anses deberá abstenerse de aplicar, sobre el haber de jubilación de la actora el tope previsto por el artículo 9 de la ley 24.463, como, asimismo, deberá reintegrar los montos retenidos oportunamente por tal concepto..." "En iguales términos que los ordenados por la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación en el ya citado fallo 'García María Isabel c/ AFIP s/ acción meramente declarativa de inconstitucionalidad' ... resuelvo que, hasta que el Congreso Nacional legisle sobre el punto ... no podrá retenerse suma alguna en concepto de impuesto a las ganancias a la prestación previsional de la parte actora." Además, el tribunal determinó el período retroactivo aplicable: la adquisición del derecho fue el 5/1/2024; la demanda se presentó el 10/12/2025, por lo que las diferencias retroactivas se devengarán desde el 5/1/2024, y la prescripción se analiza limites de dos años previos a la interposición. Sobre intereses: "se liquidarán desde que cada suma es debida conforme la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina." No hubo votos en disidencia registrados.

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