Logo

MAYORGA LAURA MARLENE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora promovió acción contra ANSeS reclamando reajustes previsionales y aplicación del haber mínimo garantizado. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de grado, ordenó a ANSeS integrar las sumas necesarias para alcanzar el haber mínimo vigente y diferir la regulación de honorarios, confirmando lo demás resuelto.

Anses Renta vitalicia previsional Haber minimo garantizado Deprati Etchart Movilidad Intereses Prescripcion bienal Costas de alzada Honorarios


¿Quién es el actor?

MAYORGA, Laura Marlene.

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios sobre la prestación previsional (renta vitalicia previsional) y aplicación del haber mínimo garantizado; impugnación de la tasa de interés y cuestiones de prescripción y honorarios.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia apelada, ordenó a ANSeS que, si no se alcanzara el haber mínimo garantizado, integre las sumas necesarias para que la prestación alcance dicho mínimo conforme a las normas sucesivamente vigentes; diferir la regulación de honorarios de la instancia de grado; confirmar en lo demás lo decidido por el a quo; imponer costas de Alzada a la demandada vencida; fijar honorarios para la representación de la actora por la alzada en el 30% de lo regulado en primera instancia y devolver las actuaciones al juzgado de origen.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "En relación al fondo de la cuestión debatida, es indudable que el derecho fundamental violado de la amparista surge de la propia Constitución Nacional, art. 14 bis, de obtener una jubilación digna, que le permita subsistir." "El art. 125 de la ley 24.241 establece: 'El ESTADO NACIONAL garantizará a los beneficiarios del SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES del Régimen Previsional Público y a los del Régimen de Capitalización que perciban componente público, el haber mínimo establecido en el artículo 17 de la presente ley' (Ley 26.222 Art.11 (B.O. 8/03/2007) ARTICULO INCORPORADO)." "Por consiguiente, se propicia ordenar al organismo previsional que si no se alcanzara el haber mínimo garantizado, deberá integrar las sumas necesarias para que la prestación alcance el haber mínimo dispuesto en las respectivas normas sucesivamente vigentes. Ello asi conforme lo dispuesto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el precedente 'Etchart Fernando Martin c/ANSeS s/ Amparos y Sumarísimos'." "Asimismo, a los fines de la movilidad deberá estarse a la doctrina del Alto tribunal en la causa 'Deprati Adrián Francisco c/Anses s/Amparos y Sumarísimos' (CSJ 4348/2014/CS1), por la que se dispuso ordenar que la ANSeS efectúe un cotejo, mes a mes, entre las sumas efectivamente percibidas por el actor en concepto de renta vitalicia previsional y las que hubiera percibido por aplicación al nivel inicial de dicha renta de los aumentos generales..."
- Votos: El voto principal fue de la Dra. Nora C. Dorado; los Dres. Juan A. Fantini y Walter F. Carnota adhirieron, por lo que la decisión se adoptó por mayoría. No hubo disidencia relevante.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar