Logo

YUNGUERMAN NORA CLAUDIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora demandó a ANSeS por reajustes de haber y actualización de distintos componentes del haber inicial. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de grado, declaró inconstitucional el art. 3 de la ley 27.426 en los términos indicados, diferió el examen de la ley 27.609 y del DNU 274/24 para ejecución y confirmó lo demás decidido, imponiendo costas de Alzada a ANSeS y regulando honorarios de Alzada en 30% de lo anterior.

Anses Reajustes varios Inconstitucionalidad art. 3 ley 27.426 Dnu 274/2024 Ley 27.609 Prestacion basica universal Villanustre Costas Honorarios Seguridad social.


¿Quién es el actor?

Yunguerman Nora Claudia (actora/jubilada).

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: reclamos por reajustes varios de la prestación previsional — actualización de remuneraciones para el cálculo del haber inicial, recalculo de la Prestación Básica Universal (PBU), aplicación de precedentes (Villanustre), inconstitucionalidades de normas (leyes 27.426, 27.609, decretos), costas y regulación de honorarios.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia apelada; declaró la inconstitucionalidad del art. 3 de la ley 27.426 en los términos indicados; difirió para la etapa de ejecución el tratamiento de la inconstitucionalidad de la ley 27.609 y del DNU 274/2024; declaró la inaplicabilidad del art. 14 punto 2) de la Resolución SSS 6/09; diferió el análisis del precedente Villanustre y la regulación completa de honorarios y algunos ajustes para la ejecución; confirmó lo demás decidido por la instancia de grado; impuso costas de Alzada a la demandada vencida y fijó honorarios de Alzada en el 30% de lo regulado en la instancia anterior (más IVA si corresponde). Se devuelven las actuaciones al juzgado de origen.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): 1) Sobre la actualización de remuneraciones y la declaración de inconstitucionalidad del art. 3 de la ley 27.426: “corresponde revocar lo decidido en la instancia anterior y declarar la inconstitucionalidad de la metodología de actualización dispuesta por el art. 3 de la Ley 27.426 para las remuneraciones que se encuentren comprendidas entre el 31/03/1991 y el 28/2/09. Ello así, deberá utilizarse a tal fin el índice ISBIC dispuesto por el Más Alto Tribunal de la Nación en autos ‘Elliff Alberto c/Anses s/Reajustes Varios’ y ‘Blanco, Lucio Orlando c/ ANSeS s/ reajustes varios’.” 2) Sobre el carácter de la PBU y su liquidación en ejecución: “este análisis sobre la suma final a la que ascendería la PBU, deberá efectuarse –tal como lo dispuso el Alto Tribunal en el precedente ‘Quiroga, Carlos Alberto’
- al tiempo de practicarse la liquidación de la sentencia, ocasión en la cual recién se podrá determinar si la insuficiente actualización de la Prestación Básica Universal produce una disminución confiscatoria del ‘total del haber inicial’ del actor, con relación a la ‘situación de los trabajadores activos’ (v. considerando N° 10).” 3) Sobre diferimiento de la inconstitucionalidad de la ley 27.609 y del DNU 274/2024: “a la luz de los precedentes citados, el contexto de cambio y la posibilidad de una solución normativa, me llevan a concluir que sería prudente diferir el tratamiento de la inconstitucionalidad de la ley 27.609 para la etapa de ejecución... Consecuentemente, se difiere el análisis del DNU 274/2024 para la etapa de ejecución de sentencia, donde podrá evaluarse su real incidencia en la cuantía del haber.” 4) Sobre costas e intereses y demás remedios: “En el marco de lo resuelto por la CSJN en autos: ‘Morales Blanca Azucena c/ ANSeS s/ Impugnación de Acto Administrativo’, Fallos: 346:634, Sentencia de fecha 22 de junio de 2023, a cuyos argumentos me remito en honor a la brevedad, corresponde confirmar la imposición de costas a la demandada vencida (art. 36 Ley 27.423).” Y: “Respecto de los intereses, deberán calcularse desde que cada suma fuere debida y hasta su efectivo pago, conforme la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina (conf. C.S.J.N. ‘Spitale, Josefa Elida’...).”
- Disidencia: El Dr. Juan A. Fantini disintió parcialmente respecto del alcance de la actualización de remuneraciones y propuso criterios distintos según la densidad de remuneraciones anteriores a marzo de 2009; su voto constituye disidencia parcial frente a la mayoría en lo relativo al mecanismo aplicable en ciertos supuestos.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar