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POLICASTRO GRACIANO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamo contra ANSES por reajustes varios y cuestionamientos a leyes de recomposición de haberes; la Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó el pronunciamiento apelado, impuso costas a la demandada y reguló honorarios al 30% más IVA por la actuación en la alzada.

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¿Quién es el actor?

POLICASTRO GRACIANO.

¿A quién se demanda?

ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: reclamo por reajustes varios de haberes previsionales; planteos de inconstitucionalidad respecto de los arts. 1 y 2 de la Ley 27.426; pedido de recomposición del haber de enero y febrero de 2021.

¿Qué se resolvió?

la Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala II, por mayoría, confirmó el pronunciamiento apelado en cuanto fue materia de agravios; impuso costas de alzada a la demandada vencida conforme la doctrina de la CSJN en “Morales Blanca Azucena c/ ANSeS”; reguló honorarios a favor de la representación letrada de la parte actora en el 30% de la suma que se fije por su labor en primera instancia con más el IVA, y ordenó devolver las actuaciones al Juzgado de origen.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): 1) “Corresponde estar a lo dispuesto por el Alto Tribunal de la Nación al respecto y confirmar la sentencia apelada.” 2) “En relación a los arts. 1 y 2 de la Ley 27426, esta Sala por mayoría se ha pronunciado a favor de la constitucionalidad del art. 1 y de la inconstitucionalidad del art. 2. Recientemente el Superior Tribunal de Justicia de la Nación se ha expedido ... y revocó la inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27426, desestimando el planteo en ambos supuestos.” 3) “En virtud de ello y, habida cuenta la jerarquía que se reconoce a los pronunciamientos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación como Máximo Tribunal de Alzada ... corresponde estar a lo dispuesto por el Alto Tribunal de la Nación al respecto y confirmar la sentencia apelada.” 4) Propuesta dispositiva del voto mayoritario: “1) Confirmar el pronunciamiento apelado en cuanto ha sido materia de agravios; 2) Costas de alzada a la demandada vencida conforme la doctrina sentada por la CSJN ...; 3) Regular los honorarios ... en el 30% ...; 4) Devolver las actuaciones al Juzgado de origen a sus efectos.”
- Voto en disidencia relevante: el Dr. Juan Alberto Fantini adhirió al voto principal “con excepción de lo resuelto en torno a la recomposición del haber enero y febrero de 2021” y manifestó: “En consecuencia, revoco lo dispuesto en la instancia de grado en cuanto a este punto.” Esa postura quedó en minoría respecto de la decisión final que confirmó la resolución apelada en los términos expresados.

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