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LIUZZI MIGUEL ANGEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamo por reajustes previsionales contra ANSeS por haber inicial y PBU. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de grado y confirmó el resto, difiriendo para ejecución el tratamiento del precedente Villanustre y la regulación de honorarios, y condenando en costas a la demandada.

Anses Reajustes Haber inicial Pbu Isbic / resolucion 140/95 Inconstitucionalidad art. 9 ley 24.463 Ley 27.426 Ley 27.541 Honorarios Costas


¿Quién es el actor?

LIUZZI MIGUEL ÁNGEL.

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: Reajustes varios relativos al cálculo del haber inicial (incluida la Prestación Básica Universal) y reclamos conexos sobre aplicación de índices, topes y normas (art. 9 Ley 24.463; art. 2 Ley 27.426; Ley 27.541, entre otros).

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia apelada y la confirmó en lo demás; además diferió para la etapa de ejecución el tratamiento del precedente "Villanustre" y la regulación de honorarios de primera instancia; impuso costas de alzada a la demandada y reguló honorarios de la representación de la actora por la alzada en el 30% de la suma que se fije por su labor en primera instancia (más IVA si corresponde). Se devolvieron las actuaciones al juzgado de origen.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "En lo relativo a los agravios que giran en torno al método de actualización de las remuneraciones para la determinación del haber inicial, encuentran adecuada respuesta en lo resuelto por el Alto Tribunal de la Nación en los autos “Elliff Alberto c/ ANSeS s/ reajustes varios”, Sent. Fecha 11/08/2009, Fallos: 332:1914 doctrina que fue ratificada en la sentencia “Blanco, Lucio Orlando c/ ANSeS s/ reajustes varios”, Sent. Fecha 18/12/2018, Fallos: 341:1924. En dichos precedentes la Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó la aplicación del índice de salarios básicos de convenio de la industria y la construcción –promedio general, personal no calificado-, utilizado por la Resolución 140/95 de la Administración Nacional de la Seguridad Social, sin limitación temporal alguna." "Conforme lo expuesto, las remuneraciones consideradas a los fines del cálculo del haber inicial deberán actualizarse en el marco de lo resuelto por la CSJN en autos “Elliff Alberto c/ ANSeS s/ Reajustes Varios” y “Blanco, Lucio Orlando c/ ANSeS s/ Reajustes Varios”, hasta la entrada en vigencia de la Ley 26.417, fecha a partir de la cual será aplicable el mecanismo de actualización previsto en el art. 2 de Ley 26.417 hasta la fecha de adquisición del derecho." "En relación al art. 2 de la Ley 27426, recientemente el Máximo Tribunal de Justicia de la Nación, se ha expedido en los autos “Fernández Pastor, Miguel Ángel c/ ANSeS s/ amparos y sumarísimos”, Expte. 138932/2017, en fecha 4 de diciembre de 2025 en donde revocó la inconstitucionalidad decretada por la Sala III de esta Cámara. Por tal razón, corresponde revocar lo decidido por el Magistrado a quo." "En consecuencia se declara la inconstitucionalidad del art. 9 Inc 3) de la Ley 24.463 (conf Fallo: CSJN 'Rapisarda José León c/ ANSeS s/ Reajustes Varios', Sent. Fecha 06/08/2015, R. 680. XLVI. RHE) en el supuesto que en la etapa de liquidación de la sentencia se acredite que la aplicación de los topes sobre el haber previsional del actor genera una quita superior al 15% -límite de confiscatoriedad establecido por el Alto Tribunal en aquel precedente
- y se confirma lo resuelto en la instancia de grado."
- Votos y disidencias: Los Dres. Dorado, Fantini y Carnota integran la Sala; los votos adjuntos adhieren al decisorio de la mayoría. No aparece voto en disidencia que altere la parte dispositiva; hubo adhesiones parciales en cuanto al art. 55 de la Ley 27.541.

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