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QUIÑONES ALBINO ALBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda contra ANSES por reajustes de la Prestación Básica Universal (PBU) y actualización de haberes. La Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala II, confirmó el pronunciamiento apelado, rechazó el agravio de ANSES sobre la improcedencia de la actualización y ordenó costas de alzada por su orden, devolviendo las actuaciones al juzgado de origen.

Prestacion basica universal Reajustes Anses Actualizacion de haberes Fecha de adquisicion de beneficio 18/05/2020 Confiscatoriedad Apelacion Costas de alzada Camara federal de la seguridad social Ley 27.423

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Quiñones Albino Alberto. Demandado: ANSES. Objeto: Reajustes varios, en particular la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU) y sus componentes; discusión sobre la procedencia de la actualización para beneficios adquiridos con posterioridad a determinadas normas. Fecha de adquisición del beneficio: 18 de mayo de 2020. Decisión: Se confirmó el pronunciamiento apelado en cuanto fue materia de agravios; se impusieron las costas de alzada por su orden en atención a las particularidades de la causa (art. 36 Ley 27.423); y se devolvieron las actuaciones al Juzgado de origen.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "Corresponde dejar establecido a los fines del dictado de la presente sentencia que la Fecha de Adquisición de Beneficio del actor es el 18 de mayo de 2020, en vigencia de la Ley 24.241, con las modificaciones realizadas por la Ley 27.426 que remite a la 27.260. El organismo demandado apela la actualización dispuesta para la Prestación Básica Universal. Respecto a lo resuelto en la instancia de grado sobre el componente PBU, la demandada considera que resulta improcedente su análisis cuando el beneficio ha sido obtenido con posterioridad a la sanción de la ley 26.417. Sobre dicha cuestión esta Sala entiende que del precedente “Quiroga, Carlos Alberto” no surge que el Máximo Tribunal hubiera limitado la actualización de la Prestación Básica Universal a una fecha determinada de adquisición del beneficio como sostiene la apelante. El único resultado que procura evitar es la materialización de un supuesto de confiscatoriedad con relación a uno de los componentes del haber. En este sentido nos hemos expedido en los expedientes Nº: 1331/2016 Autos: “CARRIZO ROSA ESTER c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS” Sentencia Interlocutoria de fecha 27 de diciembre de 2022; Expte. Nº: 82408/2012 Autos: “RAMIREZ EMILIA DELFINA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS” Sentencia Interlocutoria del 27 de diciembre de 2022; Expte. N° 26910/2014 autos: “LUNA ASUNCION DE JESUS C/ANSES S/REAJUSTES VARIOS” Sentencia Interlocutoria del 6 de diciembre de 2022; entre muchos otros, con argumentos a los que remitimos por razones de economía procesal. En tal orden, se rechaza el agravio de la ANSes."
- Votos y concordancias: El voto que inició el acuerdo (Dr. Walter F. Carnota) propuso confirmar; la Dra. Nora C. Dorado y el Dr. Juan A. Fantini adhirieron. No hay disidencias expresadas; la decisión adoptada es la que figura en la parte resolutiva final.

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