FOGGIA HECTOR FRANCISCO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor reclamó reajustes por prestaciones previsionales contra ANSES, cuestionando la actualización de la Prestación Básica Universal y normas de movilidad. La Cámara Federal de la Seguridad Social - Sala II confirmó el pronunciamiento apelado, rechazó los agravios de ANSES respecto del componente PBU y ordenó costas de alzada por su orden.
¿Quién es el actor?
Foggia, Héctor Francisco.
¿A quién se demanda?
ANSES.
- Objeto de la demanda: Reajustes varios de la prestación previsional, con impugnación de la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU) y planteos de inconstitucionalidad de normas de movilidad y de la exención del impuesto a las ganancias.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó el pronunciamiento apelado en cuanto fue materia de agravios; impuso costas de alzada por su orden y devolvió las actuaciones al juzgado de origen.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del fallo):
"Corresponde dejar establecido a los fines del dictado de la presente sentencia que la fecha de adquisición de beneficio del actor es el 23 de abril de 2019, en vigencia de la Ley 24.241, con las modificaciones realizadas por la Ley 27.426 que remite a la 27.260."
"El organismo demandado apela la actualización dispuesta para la Prestación Básica Universal, la declaración de inconstitucionalidad del art. 9 de la ley 24.463, de los arts. 25 y 26 de la ley 24.241 y del art. 14 punto 2) párrafo segundo de la Resolución SSS 6/09. Sostiene la constitucionalidad de las leyes 26.417, 27.426, 27.541 y 27.609 como pautas de movilidad. Se opone a la exención del impuesto a las ganancias."
"En tal orden, se rechaza el agravio de la ANSes."
"Por lo expuesto, en caso de prosperar mi voto, propicio:1) Confirmar el pronunciamiento apelado en cuanto ha sido materia de agravios; 2) Costas de Alzada por su orden en atención a las particularidades de la causa (cfr. Art. 36 de la Ley 27.423); 3) Devolver las actuaciones al Juzgado de origen a sus efectos."
- Votos: El Dr. Walter F. Carnota expone los fundamentos y propicia confirmar lo decidido en grado; la Dra. Nora C. Dorado y el Dr. Juan A. Fantini adhieren al voto principal. No existe disidencia.
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