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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: B.A., S.J. Y OTROS s/ROBO

Acusación fiscal por robo agravado en grado de tentativa contra tres menores. La Cámara (Tribunal Oral de Menores N°1) declaró penalmente responsables a S.J.B.A., T.D.O. y L.B.G. como coautores e indicó audiencias conforme al art. 4 del decreto ley 22.278 para resolver sus situaciones procesales definitivas.

Robo agravado Tentativa Arma de utileria Menor de edad Coautores Decreto ley 22.278 Audiencia art.4 Tribunal oral de menores Imputados Elevacion acuerdo (art. 431 bis cppn)

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Ministerio Público Fiscal (representada por la Dra. María Fernanda Poggi, Fiscal General interina a cargo de la Fiscalía Oral de Menores N°1). Demandado: S.J.B.A., T.D.O. y L.B.G. (imputados, menores de edad al momento del hecho). Objeto: Se imputó el delito de robo, agravado por haber sido cometido en lugar poblado y en banda y con arma de utilería, en grado de tentativa, en calidad de coautores. Decisión: Se declaró penalmente responsables como coautores a S.J.B.A., T.D.O. y L.B.G. del delito indicado y se señalaron audiencias en los términos del art. 4 del decreto ley 22.278 para resolver sus situaciones procesales definitivas: S.J.B.A. 19/4/2027 a las 10:00 hs; T.D.O. 15/3/2027 a las 9:00 hs; L.B.G. 21/9/2027 a las 10:00 hs. Se ordenó tomar razón en registros y notificar a las partes y a los imputados.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "El hecho puesto a cargo de S.J.B.A., L.B.G. y T.D.O. fue calificado en la citada pieza procesal como constitutivo del delito de robo, agravado por haber sido cometido en lugar poblado y en banda y con arma de utilería, en grado de tentativa, en calidad de coautores (arts. 42, 45, 166 inc. 2° último párrafo y 167 inc. 2° del Código Penal de la Nación)." "La acción que he tenido por probada en el punto anterior, constituye el delito de robo, agravado por haber sido cometido en lugar poblado y en banda y con arma de utilería, en grado de tentativa, en calidad de coautores (arts. 42, 45, 166 inc. 2° último párrafo y 167 inc. 2° del Código Penal de la Nación). ... Finalmente, entiendo que el hecho quedó en grado de conato por circunstancias ajenas a la voluntad de los acriminados, por la resistencia ofrecida por la víctima que logró proteger sus pertenencias y la oportuna intervención de personal policial." "Por estos fundamentos y en atención a lo previsto en los arts. 396, 398, 399, 400, 431 bis y concordantes del Código Penal de la Nación y art. 4° del decreto ley 22.278, de manera unipersonal; RESUELVO: I.
- DECLARAR a S.J.B.A.T.D.O. Y A L.B.G., ... coautores penalmente responsables ... II.
- SEÑALAR AUDIENCIA en los términos del art. 4 del decreto ley 22.278 ... Tómese razón en los registros del tribunal, en los expedientes tutelares y notifíquese a las partes y a los imputados."
- Disidencias: no consta voto en disidencia en el expediente presentado.

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