LURATI LILIANA INES c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora reclamó el reajuste de sus haberes previsionales y la declaración de inconstitucionalidad de normas aplicables. El Juzgado Federal de la Seguridad Social 2 hizo lugar parcialmente a la demanda respecto de los topes, ordenó a ANSeS a proceder a la recalculación y pago en 120 días desde la firmeza y declaró la inconstitucionalidad del art. 14.2 de la Res. S.S.S. 6/09.
¿Quién es el actor?
LURATI LILIANA INES.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reajuste de haberes previsionales en el marco de la ley 24.241, impugnación de topes y declaración de inconstitucionalidad de normas regulatorias (entre ellas art. 14.2 de Res. S.S.S. 6/09 y otros límites normativos vinculados a topes de haberes).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente a la demanda en lo relativo a los topes tratados; se ordenó a ANSeS que, dentro del plazo de ciento veinte días desde que exista sentencia firme, proceda conforme lo dispuesto en el decisorio. Se previó que, en caso de modificación de haberes, éstos deberán abonarse dentro del mismo plazo; para las acreencias retroactivas deberán contemplarse intereses y la prescripción considerada en la sentencia; costas a ANSeS (art. 36 ley 27423); regulación de honorarios de la Dirección Letrada de la parte actora en 15% sobre el importe del crédito que resulte a favor del reclamante, con reglas suplementarias conforme ley 27423 y CCyCN art. 1255.
- Fundamentos principales transcritos (párrafos más relevantes y citas textuales):
1) "En tal estado, la causa queda en estado de resolver. Consentido, pasa en la forma de estilo." (introducción al considerando).
2) Sobre la metodología aplicable: "…resultaría de aplicación el precedente de la CSJN 'Quiroga Carlos Alberto c.ANSeS' sent. del 11/11/14, fallo en el que se vincula su cálculo a las variaciones salariales y en la medida en que importe –como allí reza
- una quita Superior al 15%. Sobre esta base, por cuestiones de economía, celeridad procesal y seguridad jurídica, lo pretendido queda subsumido en esos precedentes, tomando en cuenta el índice dispuesto por la CSJN in re 'Badaro, Adolfo Valentín c/ ANSeS s/ Reajustes varios' sent. del 8 de agosto de 2006..." (considerando 4).
3) Sobre la inconstitucionalidad de la norma reglamentaria: "Es evidente que la resolución cuestionada, al establecer un tope a las actualizaciones de las remuneraciones, excede la facultad reglamentaria, imponiendo un parámetro que el artículo reglamentado no contiene. En consecuencia, no es necesario posponer su tratamiento y verificar su operatividad y lo declaro inconstitucional en este acto." (considerando relativo al art. 14.2 de la Res. S.S.S. 06/09).
4) Sobre el tratamiento del art. 26 (Prestación Compensatoria): "Por ello resulta ajustado a derecho diferir su tratamiento para el momento de practicarse liquidación, esto es en la etapa de ejecución de sentencia, en donde toda merma superior al 15% ameritara analizar la declaración de inconstitucionalidad del artículo cuestionado, (conforme los lineamientos del fallo 'Actis Caporale', sentencia dictada por la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación el 19/8/1989)." (considerando sobre confiscatoriedad).
- Disidencias: no se consignan votos en disidencia; la parte resolutiva final es la decisión del tribunal.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: