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MOVIMIENTO SOCIALISTA DE LOS TRABAJADORES s/CONTROL DE ESTADO CONTABLE - BALANCE ANUAL 2024

El Movimiento Socialista de los Trabajadores presentó su balance anual 2024 para control de estado contable. El Juzgado Federal aprobó el Balance Anual 2024 por cumplir con la trazabilidad de las operaciones y por el dictamen favorable del auditor y del Ministerio Público Fiscal.

Movimiento socialista de los trabajadores Balance anual 2024 Aprobacion de estados contables Ley 26215 Auditoria Camara nacional electoral Direccion nacional electoral Trazabilidad de fondos Art. 38 cn Ministerio publico fiscal.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Movimiento Socialista de los Trabajadores. Demandado: Control de estado contable (procedimiento de fiscalización; remisión al Cuerpo de Auditores de la Cámara Nacional Electoral y actuación del Ministerio Público Fiscal). Objeto: Aprobación del Balance Anual correspondiente al ejercicio 2024 y control del estado contable del partido conforme Ley 26215. Decisión: Se aprobó el Balance Anual 2024 presentado por el Movimiento Socialista de los Trabajadores y se ordenó su registro, notificación y comunicado a la Cámara Nacional Electoral y a la Dirección Nacional Electoral.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "Que a fs. 121/126 obra el informe del auditor C.P. Nicolás A. HADDAD, efectuado sobre la base del presente expediente como asimismo los informes emitidos por la DINE sobre aportes nacionales otorgados a las agrupaciones políticas. El auditor en esa instancia desaconsejó aprobar el estado contable presentado por la agrupación, por las siguientes observaciones. En primer lugar, sobre el Libro Caja, advirtió que únicamente se habían acompañado los folios 14-Haber y 15-Debe con registraciones vinculadas al año 2023, solicitando a la agrupación política que acompañe aquellos con los saldos y operaciones de Caja del período bajo análisis. De similar modo, en cuanto al Libro Diario, resaltó que los folios presentados (67/70) se referían a registraciones vinculadas al año 2023, requiriendo los correspondientes a las operaciones diarias del ejercicio 2024. Por otra parte, en cuanto a las actividades tendientes a la Capacitación para la Función Pública, Formación de Dirigentes e Investigación, por no haber podido constatar el cobro de la transacción por parte del proveedor debido a la forma de emisión del cheque, solicitó a la agrupación la presentación del recibo emitido por el prestador del servicio en donde se indique la forma de cancelación de la operación." "Con esta respuesta, conferida nueva intervención al auditor, en su informe del 11 de febrero pasado, consideró que le resultaba posible aconsejar la aprobación de los estados contables correspondientes al ejercicio finalizado el 31/12/2024 presentado por el partido de autos." "Que tal como deriva del art. 38 de la Constitución Nacional, la obligación constitucional del Estado de contribuir al sostenimiento de los partidos políticos se complementa con la obligación de los partidos de dar a publicidad las contribuciones que reciben y de qué modo las utilizan. Que en el caso puede concluirse que la agrupación ha demostrado de manera suficientemente clara el uso del dinero dispuesto, pudiendo acreditarse la trazabilidad de las operaciones llevadas a cabo. De tal modo, la manda constitucional referida se vio cumplida en las circunstancias del caso, en la medida que los estados contables del ejercicio bajo examen cumplieron con la finalidad de dar a conocer el origen, administración y destino de los fondos partidarios."
- Votos en disidencia: No se registran votos en disidencia en el acuerdo; la resolución es única y firmada por el Juez Federal Hugo Ricardo Sastre.

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