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AXCESS GROUP S.A. c/ LIVE WORLD S.R.L. s/ORDINARIO

Axcess Group S.A. reclamó el cobro de $901.450 por factura impaga vinculada a servicios de control de acceso en shows de diciembre de 2022. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial desestimó la apelación de Live World S.R.L., confirmó la sentencia de primera instancia y condenó a la demandada al pago de la factura más costas de alzada por falta de prueba idónea que acreditara incumplimiento grave o crédito compensable.

Cobro de facturas Facturas impagas Cuentas liquidadas Exceptio non adimpleti contractus Compensacion judicial Carga de la prueba Costas de alzada Servicios de control de acceso Cncomercial sala e $901.450


¿Quién es el actor?

Axcess Group S.A.

¿A quién se demanda?

Live World S.R.L.
- Objeto de la demanda: Cobro de la suma de pesos novecientos un mil cuatrocientos cincuenta ($901.450) correspondiente a la factura N° 1643 (saldo de presupuesto) por servicios de control de acceso prestados en eventos de 22 y 23/12/2022, más intereses y costas.

¿Qué se resolvió?

Se desestimó el recurso de apelación interpuesto por Live World S.R.L.; se confirmó la sentencia apelada en todo cuanto fue materia de agravio en esta instancia; y se impusieron las costas de alzada a la demandada vencida.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "En suma, ningún óbice existe para juzgar que la presunción derivada de la registración de las facturas reclamadas como impagas en los libros contables de la demandada, sumada a la ausencia de pruebas o indicios que pudieran acreditar la circunstancia en que sustentó su impugnación Live World S.R.L., carga que como un imperativo propio de su interés, creaba suficiente convicción a los efectos de hacer jugar lo dispuesto por el art. 1145 CCyC y que, como consecuencia de ello, el reclamo de cobro de facturas deducido en autos por Axcess Group S.A. resultaba plenamente procedente, como se dispuso acertadamente en el pronunciamiento de la instancia de grado apelado." "Como corolario de todo lo hasta aquí expuesto, propongo entonces al Acuerdo: (a) Desestimar el recurso de apelación deducido por Live World S.R.L., y como consecuencia de ello; (b) Confirmar la sentencia apelada en todo cuanto fue materia de agravio en esta instancia; y finalmente; (c) Imponer las costas de alzada a cargo de la compañía demandada vencida (arts. 68 CPCCN)."
- Sobre la excepción de incumplimiento y la compensación: la Cámara consideró que no se acreditó incumplimiento grave ni la simultaneidad exigida para la exceptio non adimpleti contractus, y que la demandada no acreditó ni tramitó válidamente una reconvención que permitiera la "compensación judicial". En consecuencia, la carga probatoria desplazada por la presunción de cuentas liquidadas no fue vencida por Live World S.R.L.
- Votos: el voto que abre (Dr. Alfredo A. Kölliker Frers) propone la desestimación y es acompañado por los Dres. Héctor O. Chómer y María G. Vásquez; no se registran disidencias.

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