SOSA EDUARDO JORGE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reajuste de haberes y revisión de la Prestación Básica Universal (PBU) solicitados por el actor contra ANSES. La Cámara Federal de la Seguridad Social hizo lugar parcialmente al recurso, difiriendo la revisión del haber inicial de la PBU para la etapa de ejecución y confirmando la sentencia en lo demás, incluida la regulación de costas conforme al art. 68 CPCCN y art. 36 ley 27.423.
¿Quién es el actor?
SOSA EDUARDO JORGE.
¿A quién se demanda?
ANSeS.
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios, con orden de redeterminación del haber inicial y movilidad posterior, en particular controversias relativas a la Prestación Básica Universal (PBU) y aplicación de topes y exenciones (impuesto a las ganancias), además de discusión sobre imposición de costas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar parcialmente al recurso deducido por la parte demandada; diferenció el análisis de la revisión del haber inicial de la PBU para la etapa de ejecución conforme a “Quiroga”; confirmó lo resuelto en torno a las costas en la instancia de grado (imposición de costas al vencido conforme art. 68 CPCCN) en tanto surjan sumas a favor del actor de la liquidación, o, en caso contrario, que se establezcan en el orden causado conforme al art. 36 de la ley 27.423; y confirmó la sentencia en lo demás que fue materia de agravios. Costas por su orden en la Alzada.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
- "Que la representación letrada de la accionada se alza en primer término; de lo decidido en torno a la PBU; de lo resuelto sobre los topes previstos en los artículos 9 de la ley 24.463, 9, 25 y 26 de la ley 24.241 y del art. 14 de la res. SSS 06/09. Por otro lado, cuestiona la supuesta exención del impuesto a las ganancias y por último, se queja de la imposición de costas."
- "Que se encuentra controvertido en autos la determinación del valor de la Prestación Básica Universal, cuestión cuyo tratamiento corresponde diferir para la etapa de ejecución cfr. lo dispuesto por la C.S.J.N. el 11.11.14 in re 'QUIROGA', momento en que deberá evaluarse con arreglo a las pautas indicadas en los fallos de esta Sala..."
- "Que, por razones de celeridad y economía procesal, ha de diferirse para la etapa de ejecución el tratamiento de los agravios dirigidos contra lo resuelto en la sentencia apelada sobre aplicación de topes de haberes... pues es en ese momento donde se puede demostrar en el caso el perjuicio concreto..."
- "En orden al embate dirigido en torno a las costas del proceso... la cuestión suscitada ha sido recientemente abordada por la CSJN... in re 'Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo'... En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)."
- Disidencia/relevancia de voto individual: No consta voto en disidencia material; la Dra. Nora C. Dorado "no suscribe la presente por encontrarse en uso de licencia (art. 109 RJN)", por lo que la resolución se adopta con la firma del Dr. Sebastián E. Russo.
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