ALMAGRO NANCY GABRIELA c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS
La actora promovió acción de amparo contra ANSES solicitando la actualización del haber previsional hasta el haber mínimo y diferencias retroactivas. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de grado, ordenando a ANSES abonar la diferencia hasta el haber mínimo (incluida la bonificación por zona austral), con costas de Alzada a la demandada y regulación de honorarios por el 30% de lo fijado en primera instancia.
¿Quién es el actor?
ALMAGRO NANCY GABRIELA (amparista).
¿A quién se demanda?
ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: acción de amparo que solicita que ANSES actualice el haber previsional que percibe la actora al haber mínimo garantizado, el pago de las diferencias retroactivas con intereses y la bonificación por zona austral.
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la sentencia apelada que hizo lugar al amparo; se ordenó a la demandada abonar la diferencia entre el haber que percibe la actora y el haber mínimo garantizado, con las diferencias retroactivas e intereses; costas de Alzada a la demandada; regulación de honorarios por el 30% de lo fijado en la instancia anterior; devolución de las actuaciones al juzgado de origen.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"En consecuencia, la exclusión de la actora de la garantía del haber mínimo, no se condice que las directrices que marcan la Constitución Nacional y dichos Tratados, máxime cuando se debe otorgar una especial protección a los ancianos y minusválidos."
"A mayor abundamiento, cabe destacar que la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, se expidió en los autos: “Etchart Fernando Martín c/Anses s/Amparos y Sumarísimos”, sentencia de fecha 27 de octubre de 2015..., que constituye un caso de aristas similares al presente, en donde confirmó la sentencia de la instancia anterior, ordenando a la Anses abonar la diferencia entre lo que percibe el actor en concepto de renta vitalicia previsional y el haber mínimo legal."
"Por consiguiente, se confirma la sentencia apelada en cuanto al fondo de la cuestión debatida."
"En torno al plazo de cumplimiento, tratándose de un amparo deviene inaplicable lo dispuesto por el artículo 22 de la ley 24.463, con la reforma de la ley 26.153."
"Respecto a la inclusión de la bonificación zona austral ... la ausencia de aportes o contribuciones al fondo estatal no resulta óbice para su percepción, puesto que dicha bonificación se otorga aún en los casos de personas que resultan beneficiarias de prestaciones no contributivas."
- Disidencia o apartados relevantes de minoría: La Dra. Nora Carmen Dorado no votó por encontrarse en uso de licencia; no consta voto en disidencia sustentado en el acuerdo final.
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