CATAN NIGELIA DEL CARMEN c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS
La actora promovió amparo contra ANSES solicitando la actualización del haber previsional al haber mínimo garantizado y pago de diferencias retroactivas. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de grado que hizo lugar al amparo, ordenó el pago de las diferencias con intereses, impuso costas a la demandada y reguló honorarios de Alzada.
¿Quién es el actor?
CATAN NIGELIA DEL CARMEN (actora / amparista).
¿A quién se demanda?
ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: acción de amparo para que ANSES abone la diferencia entre el haber previsional percibido por la actora (renta vitalicia previsional) y el haber mínimo garantizado, más diferencias retroactivas e intereses.
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la sentencia apelada que hizo lugar al amparo y ordenó a la demandada el pago de la diferencia entre el haber percibido y el haber mínimo garantizado, con las diferencias retroactivas e intereses; costas de Alzada a la demandada; regulación de honorarios de la representación de la actora en el 30% de lo fijado en la instancia anterior; devolución de las actuaciones al juzgado de origen.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes de la sentencia):
"Por tales razones, en la medida en que la reconducción de lo pretendido por la vía ordinaria significaría privar a la accionante de un medio para su subsistencia, causándole un gravamen que puede estimarse de ilusoria reparación ulterior, corresponde rechazar el agravio."
"En consecuencia, la exclusión de la actora de la garantía del haber mínimo, no se condice que las directrices que marcan la Constitución Nacional y dichos Tratados, máxime cuando se debe otorgar una especial protección a los ancianos y minusválidos."
"A mayor abundamiento, cabe destacar que la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, se expidió en los autos: 'Etchart Fernando Martín c/Anses s/Amparos y Sumarísimos', sentencia de fecha 27 de octubre de 2015 (CSJ 261/2012 (48-E) / CS1), que constituye un caso de aristas similares al presente, en donde confirmó la sentencia de la instancia anterior, ordenando a la Anses abonar la diferencia entre lo que percibe el actor en concepto de renta vitalicia previsional y el haber mínimo legal."
- Disidencias / otras aclaraciones: La Dra. Nora Carmen Dorado no votó por encontrarse en uso de licencia; no consta disidencia de los vocales que integran el acuerdo mayoritario.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: