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DAMIANO MARIA TERESA c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS

La actora promovió amparo contra ANSES solicitando la inaplicabilidad del tope del artículo 9 de la ley 24.463 y la restitución de descuentos sobre su jubilación docente. El Juzgado Federal hizo lugar al amparo, declaró inconstitucional e inaplicable el artículo 9 para el caso y ordenó a ANSES a pagar el haber sin aplicar el tope y a abonar el retroactivo en 30 días.

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¿Quién es el actor?

Sra. María Teresa Damiano (DNI 14.204.359), representada por el Dr. Lucas Videla y patrocinio letrado del Dr. Alejandro E. Videla.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
- Objeto de la demanda: Amparo para que se declare la inaplicabilidad del artículo 9 de la ley 24.463 (tope y escala de deducción) sobre su haber previsional de jubilada docente; reintegro de las sumas descontadas por tal concepto; y que no se retenga impuesto a las ganancias sobre su haber ni sobre eventuales retroactivos.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda; se declaró la inconstitucionalidad e inaplicabilidad del artículo 9 de la ley 24.463 respecto del beneficio de la actora; se ordenó a ANSES abonar la jubilación sin aplicar dicho tope y liquidar y abonar el retroactivo conforme las pautas del decisorio en el plazo de 30 días hábiles; costas a cargo de la demandada; y se diferenció la regulación de honorarios para la etapa de ejecución.
- Fundamentos principales (textos transcritos relevantes): "La actora es titular del Beneficio de Jubilación PBU/PC/PCP
- Prestaciones Docentes N 14 0 2310618 0." "De la consulta del beneficio efectuada desde la página web de la Anses surge que se le efectúa un descuento en concepto de Descuento Ley 24.463 con el código 204-000." "Siguiendo con el razonamiento indicado en el considerando anterior, no es posible considerar válido sostener en el universo de jubilados docentes la aplicación de la escala de deducción y del tope máximo previsional previstos en el artículo 9 incisos 2 y 3, respectivamente de la ley 24.463 según su beneficio fue otorgado conforme la ley 24016 o conforme la ley 24.241 + el Decreto 137/2005, sin alterarse injustamente el principio de igualdad garantizado por el artículo 16 de la Constitución Nacional." "Conforme a ello, cabe considerar inaplicable el artículo 9 de la ley 24.463 cuestionado en la demanda sobre el beneficio de jubilación de la actora." "Por lo expuesto la Anses deberá abstenerse de aplicar, sobre el haber de jubilación de la actora el tope previsto por el artículo 9 de la ley 24.463, como, asimismo, deberá reintegrar los montos retenidos oportunamente por tal concepto, considerando a tal efecto el plazo prescriptivo que seguidamente se indicará." "Hasta que el Congreso Nacional legisle sobre el punto ... no podrá retenerse suma alguna en concepto de impuesto a las ganancias a la prestación previsional de la parte actora." No existen votos en disidencia en el expediente aportado.

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