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CANNIZZARO CLAUDIA GABRIELA c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS

La actora promovió un amparo contra ANSES por la aplicación del tope del artículo 9 de la ley 24.463 y descuentos por Impuesto a las Ganancias. El Juzgado Federal de la Seguridad Social nº1 hizo lugar a la demanda, declaró inaplicable el artículo 9 para el caso y ordenó el pago del haber jubilatorio sin aplicar ese tope y el retroactivo, más la prohibición de retener Impuesto a las Ganancias hasta que el Congreso legisle.

Jubilacion docente Ley 24.463 articulo 9 Inaplicabilidad Anses Amparo Impuesto a las ganancias Retroactivos no imponibles Igualdad constitucional Costas Ejecucion.


¿Quién es el actor?

Sra. Claudia Gabriela Cannizzaro (DNI 16.908.694), por Dr. Lucas Videla y patrocinio del Dr. Alejandro E. Videla.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
- Objeto de la demanda: Amparo para obtener la declaración de inconstitucionalidad/inaplicabilidad de la aplicación del artículo 9 de la ley 24.463 (tope y escala de deducciones) sobre su haber previsional de jubilada docente; reintegro de sumas descontadas por tal concepto; y que no se le aplique impuesto a las ganancias sobre su haber ni sobre eventuales retroactivos.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda; se declaró la inconstitucionalidad e inaplicabilidad del artículo 9 de la ley 24.463 respecto del beneficio previsional de la actora; se ordenó a ANSES abonar el beneficio sin aplicar el tope y liquidar y pagar el retroactivo dentro de 30 días hábiles; costas a cargo de la demandada; se difirió regulación de honorarios de la actora para la etapa de ejecución. Además, se ordenó que no se retenga impuesto a las ganancias sobre la prestación de la actora y que, respecto de los retroactivos, sean considerados capital e intereses no imponibles.
- Fundamentos principales (textos transcritos): "Siguiendo con el razonamiento indicado en el considerando anterior, no es posible considerar válido sostener en el universo de jubilados docentes la aplicación de la escala de deducción y del tope máximo previsional previstos en el artículo 9 incisos 2 y 3, respectivamente de la ley 24.463 según su beneficio fue otorgado conforme la ley 24016 o conforme la ley 24.241 + el Decreto 137/2005, sin alterarse injustamente el principio de igualdad garantizado por el artículo 16 de la Constitución Nacional." "Conforme a ello, cabe considerar inaplicable el artículo 9 de la ley 24.463 cuestionado en la demanda sobre el beneficio de jubilación de la actora." "resuelvo que, hasta que el Congreso Nacional legisle sobre el punto ... no podrá retenerse suma alguna en concepto de impuesto a las ganancias a la prestación previsional de la parte actora." "En relación con los intereses, se liquidarán desde que cada suma es debida conforma la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina ... El plazo de cumplimiento será de 30 días desde que la sentencia quede firme."
- Disidencia: No consta voto en disidencia; la decisión es unipersonal firmada por la Jueza Federal Dra. Karina Alonso Candis.

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