Incidente Nº 1 - DENUNCIANTE: TRIBUNAL ORAL CRIMINAL N° 19 C-74676/2015, . Y OTROS IMPUTADO: NOGUES, BRUNO ALEJANDRO DANIEL Y OTROS s/INCONSTITUCIONALIDAD
Los defensores particulares de Miguel Ángel Rolón impugnaron por inconstitucionalidad la declaración de inadmisibilidad de su recurso de casación horizontal. La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional —Sala II— declaró que el recurso de inconstitucionalidad ha devenido inoficioso y lo rechazó porque ya existe sentencia definitiva con pena impuesta el 3 de marzo de 2026.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Los letrados Pablo Condori y Mariano Arrigo, en su carácter de defensores particulares de Miguel Ángel Rolón, interpusieron el recurso de inconstitucionalidad.
Demandado: La decisión de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional —Sala II— que declaró inadmisible el recurso de casación horizontal.
Objeto: Se cuestionó la declaración de inadmisibilidad del recurso de casación horizontal (impugnación de la resolución del 3/12/2025) y se invocaron presuntas inconstitucionalidades (art. 113, inciso 3° Constitución CABA y art. 27 ley 402). Se pidió además la suspensión del proceso hasta resolución del planteo.
Decisión: La Cámara declaró que el recurso de inconstitucionalidad ha devenido inoficioso y lo declaró así, al haberse celebrado la audiencia de determinación de penas el 3 de marzo de 2026 y quedar dictada sentencia definitiva (pena de tres años de prisión de ejecución condicional e inhabilitación especial perpetua), por lo que el planteo carece de efecto útil en esta instancia.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"De este modo, según surge del Sistema de Gestión LEX-100, el 3 de marzo del corriente año se llevó a cabo la audiencia de determinación de penas... En consecuencia, ese mismo día, el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional n° 25 de esta ciudad impuso a Miguel Ángel Rolón la pena de tres años de prisión de ejecución condicional e inhabilitación especial perpetua... Por lo tanto, el imputado ya cuenta con una sentencia definitiva, que habilita su derecho al recurso (conf. art. 8.2.h, CADH), la cual podrá ser impugnada, ahora sí, mediante la interposición de un recurso de casación horizontal."
"En este marco, entonces, el tratamiento del recurso de inconstitucionalidad deducido por la defensa de Rolón, dirigido a impugnar la decisión de esta sala que declaró inadmisible el recurso de casación horizontal oportunamente interpuesto por la parte, por no tratarse de una sentencia definitiva, ha devenido INOFICIOSO; lo que ASÍ SE DECLARA."
- Votos y eventual disidencia: La decisión se adoptó por votos coincidentes de los jueces Sarrabayrouse y Días; el juez Daniel Morin no emitió voto por aplicación del art. 23, último párrafo, del CPPN (se consigna su ausencia de voto, no hay disidencia).
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