BLACK TABACOS S.A.S c/ AFIP- DGI s/ACCION MERE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD
Black Tabacos S.A.S. inició acción declarativa de inconstitucionalidad contra la AFIP por el impuesto mínimo aplicable a cigarrillos; la Cámara Federal de La Plata confirmó la sentencia de primera instancia y mantuvo la imposición de costas a la actora por resultar vencida, por entender que la cuestión quedó carente de objeto tras la sanción de la ley 27.742.
¿Quién es el actor?
Black Tabacos S.A.S.
¿A quién se demanda?
Administración Federal de Ingresos Públicos
- Dirección General Impositiva (AFIP
- DGI).
- Objeto de la demanda: Acción directa de inconstitucionalidad contra los arts. 103, 104 y 106 de la ley 27.430 (imposición de un impuesto específico o “piso” por paquete de cigarrillos) y, en consecuencia, la exención del pago de esos impuestos.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de La Plata confirmó la sentencia apelada en cuanto fue materia de agravios y le impuso a la actora las costas de Alzada (art. 68 CPCCN), por entender que no prosperan los agravios relativos a la procedencia de la acción declarativa ni los que invocan el cambio normativo sobreviniente.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos de la sentencia):
1) "Ninguna de las pretensiones ensayadas habrá de prosperar."
2) "Se advierte que la parte actora inició su actividad cuando ya regía la normativa que pretende impugnar. El a quo concluyó de esta circunstancia que la demandante no había acreditado el imprescindible estado de incertidumbre exigido por la norma. Tal como señalan 'A.R.C.A' y 'Massalin Particulares S.R.L.', la expresión de agravios no desarticula esta conclusión. De aquí se sigue, que en este aspecto la sentencia recurrida debe confirmarse."
3) "Es que constituye un criterio reiterado por la jurisprudencia que los jueces deben atender a las condiciones existentes al momento de fallar, aunque ellas sean sobrevinientes a la interposición de los recursos... En este marco no es discutible que el pronunciamiento sobre la inconstitucionalidad planteada por la parte actora resulta inoficioso, en tanto la norma que rige la cuestión ha cambiado."
4) Sobre las costas: "Se advierte entonces que la actora resultó vencida en la pretensión declarativa y no existen razones para apartarse de la regla del principio objetivo de la derrota en materia de costas. Añádese a esto que la demandada tampoco motivó la promoción del pleito y ello también obsta a consagrar el temperamento más favorable que reclama el apelante. (art. 68 CPCCN). Consecuentemente, propongo al Acuerdo: confirmar la sentencia apelada en cuanto fue materia de agravios e imponer las costas de Alzada a la actora vencida (art. 68 CPCCN)."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia; los dos jueces suscriben la confirmación.
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