DESPLATS CARLOS ALBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió demanda contra ANSES por reajustes varios del haber previsional y cuestionamientos sobre PBU, topes y métodos de movilidad. La Cámara Federal de la Seguridad Social rechazó el recurso del actor, hizo lugar parcialmente al recurso de ANSES (dejando sin efecto la regulación de honorarios de la defensa en grado y difiriendo su determinación) y confirmó la sentencia en lo demás, imponiendo costas por su orden y fijando el honorario de la actora en esta alzada en el 30% de lo que se establezca para la instancia anterior.
¿Quién es el actor?
DESPLATS CARLOS ALBERTO.
¿A quién se demanda?
ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios del haber previsional —redeterminación del haber inicial, movilidad posterior, reclamo sobre la PBU (Prestación Básica Universal), aplicación de topes (arts. 26 ley 24.241 y 9 ley 24.463), inconstitucionalidad de leyes (27.426 y 27.609) y cuestiones sobre costas y honorarios—.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por el actor y se hizo lugar parcialmente al recurso de la parte demandada. En consecuencia se dejó sin efecto la regulación de honorarios de la defensa de ANSES por las tareas cumplidas en la instancia de grado y se difirió su determinación para oportunidad procesal oportuna; se confirmó lo resuelto respecto de las costas en la instancia de grado conforme al art. 68 CPCCN (con las reglas de la ley 27.423 según corresponda tras la liquidación); se confirmó la sentencia en lo demás que fue materia de agravios; se impusieron costas por su orden en la Alzada; y se determinó el honorario de la dirección letrada de la actora en esta Alzada en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior (art. 30 ley 27.423).
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del fallo):
1) "Que el empleo del método así establecido requiere necesariamente del ajuste de las otras prestaciones (PC y/o PAP) de la jubilación por vejez, para poder comparar si la ausencia de incremento de una de ellas (PBU) produce una reducción susceptible de reparación. Habida cuenta que el valor inicial de la PBU fue establecido con arreglo a la legislación vigente a la fecha de adquisición de derecho –no descalificado en autos-, y que no resulta posible llevar adelante ese cotejo, desde que no se dispuso la actualización de los restantes componentes, corresponde rechazar el reclamo de revisión del haber inicial de la PBU."
2) "Que en orden al embate dirigido en torno a las costas del proceso, más allá de la normativa invocada, la cuestión suscitada ha sido recientemente abordada por la CSJN, por sentencia del 22.06.2023, recaída en la causa ... in re 'Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo' (Fallos: 346:634) ... En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)."
3) "Que la dirección letrada de la parte demandada se agravia por sus honorarios bajos... corresponde diferir la determinación de su cuantía para su oportunidad."
- Disidencias relevantes: Se deja constancia de que la Dra. Nora C. Dorado no suscribe la presente por encontrarse en uso de licencia (art. 109 RJN); no se registra en el dispositive final una disidencia que modifique la decisión adoptada por la mayoría.
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