SISCA PATRICIA MONICA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora impugnó el reajuste de su PBU y otros extremos del cálculo jubilatorio. La Cámara rechazó el recurso de la actora, hizo lugar parcialmente al recurso de la demandada y confirmó la sentencia en lo demás, difiriendo la revisión del haber inicial de la PBU para la etapa de ejecución conforme “Quiroga” y confirmando las costas según art. 68 CPCCN y art. 36 Ley 27.423.
¿Quién es el actor?
Sisca Patricia Mónica (actora).
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios vinculados a la redeterminación del haber inicial, movilidad posterior, determinación de la Prestación Básica Universal (PBU), retención del impuesto a las ganancias, prescripción, tasa de interés y declaración de inconstitucionalidad de la ley 27.426.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso interpuesto por la actora y se hizo lugar parcialmente al recurso de la demandada; en consecuencia se difirió el análisis de la revisión del haber inicial de la PBU para la etapa de ejecución conforme “Quiroga”; se confirmó lo resuelto respecto de las costas en la instancia de grado con las pautas indicadas (imposición al vencido conforme art. 68 CPCCN si surgen sumas a favor del actor, o en su caso en el orden causado conforme art. 36 Ley 27.423); se confirmó la sentencia en lo demás objeto de agravios; se establecieron costas por su orden en la Alzada y se fijaron honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se haya estipulado para la instancia anterior.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
1) “Que se encuentra controvertido en autos la determinación del valor de la Prestación Básica Universal, cuestión cuyo tratamiento corresponde diferir para la etapa de ejecución cfr. lo dispuesto por la C.S.J.N. el 11.11.14 in re ‘QUIROGA’, momento en que deberá evaluarse con arreglo a las pautas indicadas en los fallos de esta Sala recaídos en los expedientes 38794/2010: ‘SADOFSCHI’, sentencia del 21 de octubre de 2021 y 73433/2010 ‘MARINATI’, sentencia del 14 de julio de 2022.”
2) “Que en orden al embate dirigido en torno a las costas del proceso, más allá de la normativa invocada, la cuestión suscitada ha sido recientemente abordada por la CSJN, por sentencia del 22.06.2023, recaída en la causa FCR 21049166/2011/CS1, in re ‘Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo’ … En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423).”
3) “Que por ello el Tribunal RESUELVE: 1) Rechazar el recurso interpuesto por la parte actora, hacer lugar parcialmente al recurso deducido por la parte demandada y, por ello, a) diferir el análisis de la revisión del haber inicial de la PBU para la etapa de ejecución conforme ‘Quiroga’; b) confirmar lo resuelto en torno a las costas en la instancia de grado … 2) confirmar la sentencia en lo demás que decide y fue materia de agravios … 4) Determinar los honorarios de la dirección letrada de la actora –por su actuación en esta Alzada
- en el 30% de lo que estipule para la instancia anterior …”
- Disidencias/constancias: Se deja constancia que la Dra. Nora C. Dorado no suscribe la presente por encontrarse en uso de licencia (art. 109 RJN); no consta voto en disidencia que altere el dispositivo de mayoría.
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