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Incidente Nº 15 - DENUNCIANTE: TRIBUNAL ORAL CRIMINAL N° 19 C-74676/2015, . Y OTROS IMPUTADO: NOGUES, BRUNO ALEJANDRO DANIEL Y OTROS s/INCIDENTE DE RECURSO EXTRAORDINARIO

La defensa de Marcelo F. Lezcano interpuso recurso extraordinario federal contra la decisión de esta Sala que ordenó la audiencia de determinación de la pena. La Cámara Nacional de Casación declaró el recurso abstracto porque el Tribunal Oral n.º 25 ya impuso la pena en audiencia, por lo que el planteo carece de objeto.

Recurso extraordinario federal Devenido abstracto Determinacion de pena Prision en suspenso Inhabilitacion perpetua Cosa juzgada Audiencia de imposicion de pena Casacion Tribunal oral n.? 25 Cppn art. 23


¿Quién es el actor?

Marcelo Fabián Lezcano (como recurrente a través de su defensa particular).
- Demandado / autoridad recurrida: Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional
- Sala II (decisión que ordenó fijar audiencia de determinación de la pena) y, por efecto, el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional n.º 25 (quien fijó la pena).
- Objeto de la impugnación: Se impugnó la decisión de la Sala II que hizo lugar al recurso de casación de la querella y ordenó que el tribunal oral designe fecha de audiencia para establecer las penas; el recurrente sostuvo vulneraciones de garantías constitucionales (debido proceso, derecho de defensa, cosa juzgada, juez natural, etc.) y que la resolución reabría una etapa procesal clausurada.

¿Qué se resolvió?

La Cámara declaró que el recurso extraordinario federal interpuesto por la defensa de Lezcano "ha devenido ABSTRACTO; lo que ASÍ SE DECLARA", por cuanto, con posterioridad a la decisión de esta Sala que ordenó la audiencia, el Tribunal Oral n.º 25 impuso el 3 de marzo la pena de tres años de prisión de ejecución condicional, inhabilitación especial perpetua y costas, y fijó reglas de conducta; en consecuencia, el recurso quedó sin objeto. Se dejó constancia que el voto fue coincidente entre los jueces Días y Sarrabayrouse y que el juez Daniel Morin no emitió voto por aplicación del art. 23, último párrafo, CPPN.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "De este modo, según surge del Sistema de Gestión LEX-100, el 3 de marzo del corriente año se llevó a cabo la audiencia de determinación de penas, cuya realización fue dispuesta por esta Sala mediante la decisión que aquí se ha impugnado (cfr. el Reg. n° 2194/2025, según el alcance previsto —a su vez— en la sentencia que obra bajo el Reg. n° 1377/2025)." "En consecuencia, ese mismo día, el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional n° 25 de esta ciudad impuso a Marcelo Fabián Lezcano la pena de tres años de prisión de ejecución condicional e inhabilitación especial perpetua para desempeñarse en cargos públicos, comprensiva de tener o de portar armas de todo tipo, y costas; junto a la imposición de reglas de conducta." "En este marco, entonces, el tratamiento del recurso extraordinario federal deducido por la defensa de Lezcano ante esta Sala, dirigido a impugnar la decisión de esta Cámara que ordenó fijar la mencionada audiencia de determinación de la pena, ha devenido ABSTRACTO; lo que ASÍ SE DECLARA."
- Disidencia / votos: El acuerdo fue por votos coincidentes de los jueces Días y Sarrabayrouse; el juez Daniel Morin no emitió voto por aplicación del art. 23, último párrafo, CPPN (se consignó expresamente).

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