Principal en Tribunal Oral TO21 - IMPUTADO: MALACALZA, DELSIS ANGEL Y OTROS s/TORTURA, HOMICIDIO AGRAVADO CON ENSAÑAMIENTO - ALEVOSIA, ASOCIACION ILICITA, PRIVACION ILEGAL DE LIBERTAD (ART.144 BIS INC.1), PRIVACION ILEGAL LIBERTAD AGRAVADA (ART.142 INC.1), PRIVACION ILEGAL LIBERTAD AGRAVADA ART 142 INC 5, INF. ART. 144 TER 1° PARRAFO - SEGÚN LEY 14.616, INF. ART 144 TER 2° PARRAFO- SEGÚN LEY 14.616, ALLANAMIENTO ILEGAL y HOMIC...
Las defensas de Lance y Malacalza interpusieron recursos de casación contra sus condenas por crímenes de lesa humanidad. La Cámara Federal de Casación Penal rechazó los recursos y exhortó al tribunal oral a preservar y facilitar el acceso al material probatorio incorporado al expediente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Las defensas particulares de Eduardo José María Lance y de Delsis Ángel Malacalza (recursos de casación).
Demandado: Sentencia condenatoria dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2 de San Martín.
Objeto: Casación contra la sentencia de juicio que condenó a ambos por delitos de lesa humanidad (coautoría, privación ilegítima de la libertad, imposición de tormentos, homicidios agravados, etc.), y, subsidiariamente, nulidades por valoración probatoria, incorporación por lectura de testimonios y otros vicios procesales; además impugnaciones sobre penas (prisión perpetua) y prisiones domiciliarias.
Decisión: Se rechazaron los recursos de casación interpuestos por las defensas de Eduardo José María Lance y Delsis Ángel Malacalza; sin costas. Asimismo, la Cámara exhortó al tribunal oral a arbitrar medidas para preservar, digitalizar y facilitar el acceso al material probatorio incorporado al expediente.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes; incluir citas textuales y disidencia si la hay):
"I.
- RECHAZAR los recursos de casación interpuestos por las defensas particulares de Delsis Ángel Malacalza y Eduardo José María Lance, con costas (arts. 470 y 471, a contrario sensu, 530 y 531 del CPPN)." (voto del juez Slokar, propuesta que integra la consideración de admisibilidad y fondo).
"EXHORTAR al tribunal oral a que arbitre los medios necesarios con el objeto de preservar la totalidad del material probatorio producido e incorporado a esta causa, no sólo a través de su digitalización y resguardo, sino también procurando el acceso eficaz y eficiente al acervo para su reutilización y su difusión. A tales fines, deberá establecer criterios protocolizados respecto del inventario de estos elementos, de su guarda, custodia y publicidad, aún luego de culminado este proceso, optimizando los recursos tecnológicos disponibles y articulando con las autoridades y entidades pertinentes, de modo de adoptar –sin demoras
- todas las medidas que la hipótesis demande (Acordadas N° 1/12 y 2/22, CFCP)." (fundamento de protección de la prueba y memoria procesal).
Disidencia relevante (minoría): el juez Guillermo J. Yacobucci expresó disidencia parcial en cuanto a la imputación por determinados hechos: "corresponde hacer lugar al recurso de casación en cuanto impugna las condenas dictadas respecto de Delsis Angel Malacalza y Eduardo José María Lance, en relación a los hechos que tuvieron como víctimas a Roberto Ramón Arancibia y Rosa Eugenia Novillo Corvalán, y anular en lo pertinente los puntos dispositivos VIII y IX de la sentencia en crisis." (este pronunciamiento quedó en minoría y no integró la parte resolutiva final).
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