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Legajo Nº 3 - DENUNCIADO: DE ANTONI, FRANCO SEBASTIAN s/LEGAJO DE CASACION

La defensa de Franco De Antoni impugnó la revocación de su prisión domiciliaria y el traslado a unidad penitenciaria. La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso de casación y ordenó remitir la resolución al tribunal de origen, sin costas en la instancia.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: La defensa particular de Franco Sebastián De Antoni, en calidad de recurrente por recurso de casación. Demandado: La resolución de la jueza a cargo de la ejecución de la pena del Tribunal Oral Federal N°2 de Rosario que dejó sin efecto la prisión domiciliaria y ordenó el alojamiento en unidad penitenciaria. Objeto: Se impugna la resolución que revocó la prisión domiciliaria concedida a De Antoni y ordenó su detención en unidad carcelaria; se alega falta de análisis concreto, ausencia de evaluación de medidas menos gravosas y vulneración del derecho de defensa por traslado fuera de jurisdicción. Decisión: Se declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por la defensa de Franco Sebastián De Antoni, sin costas en la instancia, y se ordenó remitir la presente al tribunal de origen mediante pase digital.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos): Voto de la jueza Angela E. Ledesma (fundamento por admisibilidad y fijación de audiencia): "En virtud de la pretensión originariamente deducida en las presentes, en el caso nos encontramos en presencia de una cuestión federal vinculada con el fin resocializador de la ejecución de la pena (arts. 18, 75, inc. 22, 5.6, CADH y 10.3, PIDCyP), razón por la cual, de conformidad con lo establecido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el caso 'Di Nunzio' (Fallos; 328: 1108) el recurso deducido resulta admisible, por lo que corresponde fijar audiencia." Además, propuso "la vía intentada será sin costas en la instancia (art. 530 y ccds. del CPPN)." Voto del juez Daniel Antonio Petrone (voto mayoritario por inadmisibilidad): "Considero que, si bien se advierte que el recurso de casación ha sido interpuesto por quien tiene legitimación para recurrir y se dirige contra una resolución que habilita la interposición de dicho remedio procesal, ello no es suficiente para habilitar esta instancia (arts. 459 y 463 del CPPN)." Y: "las discrepancias valorativas expuestas por la parte recurrente, más allá de demostrar la existencia de una fundamentación que no se comparte, no configuran un agravio fundado en la doctrina de la arbitrariedad... En razón de lo expuesto... propongo declarar inadmisible el recurso de casación interpuesto por la defensa particular de Franco Sebastián De Antoni, con costas (arts. 444, 530 y ccds. del CPPN)." Adhesión y decisión final: "Por ello, el Tribunal, por mayoría, RESUELVE: DECLARAR INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por la defensa de Franco Sebastián De Antoni, sin costas en la instancia (arts. 444, 530 y cctes. del CPPN)."
- Disidencia (relevante): La Dra. Angela E. Ledesma votó en disidencia con la mayoría respecto de la inadmisibilidad, considerando la cuestión como federal y declarando el recurso admisible y que corresponde fijar audiencia.

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