Legajo Nº 1 - DENUNCIANTE: CARRIO , ELISA MARIA Y OTRO IMPUTADO: POCHETTI, CAROLINA s/LEGAJO DE CASACION
Recurso de casación de la defensa de Carolina Pochetti contra la revocatoria del archivo por la UIF. La Cámara Federal de Casación Penal rechazó el recurso y confirmó la continuidad de la investigación, en sintonía con el dictamen del Procurador General y el pronunciamiento de la Corte Suprema.
¿Quién es el actor?
Defensa particular de Carolina Pochetti (recurrente).
- Demandado / parte recurrida: Ministerio Público / Fiscalía General y Unidad de Información Financiera como parte querellante (impugnación a la revocatoria del archivo).
- Objeto de la demanda: Recurso de casación contra la decisión de la Cámara Federal de Apelaciones que revocó el archivo de la causa y dejó sin efecto el sobreseimiento firme dictado en primera instancia, impugnando la reapertura de la investigación por posible lavado de activos y medidas de decomiso (art. 305 CP).
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de casación deducido por la defensa de Carolina Pochetti, con costas (arts. 530 y ccds. del CPPN), devolviéndose las actuaciones al tribunal de origen.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes):
"(l)a interpretación más amplia –aquélla según la cual el archivo de estas actuaciones es definitivo al existir un obstáculo para proceder, por haber sido los hechos juzgados con anterioridad
- queda desvirtuada por la circunstancia de que el proceso anterior, que culminó con el sobreseimiento de Muñoz por considerarse que su patrimonio no había crecido de manera injustificada durante su paso por la función pública, se refiere a las variaciones patrimoniales observadas entre la fecha de su ingreso en 2003 y el 31 de diciembre de 2009 […], mientras que la presente causa referida a la investigación interna de la UIF trata de operaciones posteriores, como la citada compra de U$D 188.842 efectuada por Muñoz a través del Banco de Santa Cruz el 23 de diciembre de 2011 […] y la compra de más de una decena de vehículos para la empresa DS Mayer S.A. entre marzo de 2008 y el 28 de junio de 2011, entre los que se destacan dos camiones con acoplado adquiridos por la suma de $1.000.000 en una operación reportada como sospechosa […]".
"(t)ampoco los hechos anteriores al 31 de diciembre de 2009 estarían alcanzados por la garantía del ne bis in idem", pues "(a) través del análisis de los tipos penales de enriquecimiento ilícito (artículo 268 -2
- del Código Penal) y lavado de dinero (según el texto del artículo 278 anterior a la ley 26.683, y el actual 303 del código de fondo)" queda claro que "(a)mbas figuras describen conductas materialmente distintas, con independencia de las relaciones o conexiones que puedan darse entre ellas".
"Lo que aquí se persigue es que se permita avanzar en el trámite de las actuaciones cuyo objeto primordial es lograr un pronunciamiento judicial que, de conformidad con el artículo 305 del Código Penal, autorice el decomiso de los bienes en cuestión en el supuesto de determinarse la ilicitud de su origen y su aplicación en operaciones en las que esté relacionado Daniel Muñoz y, eventualmente, terceros; sin que a esta altura quepa descartar […] que de la investigación actualmente en trámite en la causa nº 3867/16 –a la que corren por cuerda los autos principales del sub judice en virtud de la relación existente entre ambas
- puedan surgir elementos de utilidad en orden a la pretensión del recurrente, lo cual abona la reapertura de estas actuaciones."
- Votos concurrentes: El Dr. Diego G. Barroetaveña redactó el voto principal proponiendo el rechazo; los Dres. Javier Carbajo y Guillermo J. Yacobucci adhirieron en lo sustancial y acompañaron la solución propuesta. No consta disidencia.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: