Legajo Nº 20 - IMPUTADO: LOPEZ, LEONEL MARTIN Y OTROS s/LEGAJO DE CASACION
Las defensas de Facundo Mosteirin, Emanuel Alberto Paz, Georgina Elizabeth Rodríguez y Leonel Martín López impugnaron la prórroga por seis meses de sus prisiones preventivas ordenada por el TOCF N°2 de La Plata. La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisibles los recursos de casación y confirmó la imposibilidad de revocar la decisión de prórroga, con costas a cargo de la defensa particular de Emanuel Paz y sin costas respecto de las defensas oficiales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Las defensas (particular y oficial) de Facundo Mosteirin, Emanuel Alberto Paz, Georgina Elizabeth Rodríguez y Leonel Martín López.
Demandado: La resolución del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°2 de La Plata que prorrogó la prisión preventiva.
Objeto: Recurso de casación contra la decisión que prorrogó la prisión preventiva de los imputados por seis meses a partir del 15/3/2026.
Decisión: La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisibles los recursos interpuestos; sin costas para las defensas oficiales de Mosteirin, López y Rodríguez (por mayoría) y con costas para la defensa particular de Emanuel Paz (por mayoría). Se ordenó el registro, notificación y remisión al tribunal de origen.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"Si bien las resoluciones como la aquí impugnada resultan, en principio, equiparables a sentencia definitiva, ya que pueden ocasionar un perjuicio de imposible reparación ulterior al afectar un derecho que exige tutela judicial inmediata (Fallos: 310:1835; 310:2245; 311:358; 314:791; 316:1934, 328:1108, 329:679, entre otros), para posibilitar el ejercicio de la jurisdicción revisora de esta Alzada debe encontrarse debidamente fundada una cuestión federal."
"En el sub judice, las defensas no han logrado demostrar la existencia de un agravio federal debidamente fundado, toda vez que se han limitado a invocar defectos de fundamentación en la resolución impugnada, a partir de una discrepancia sobre la interpretación de las circunstancias concretas del caso que el a quo consideró relevantes a los fines de prorrogar la prisión preventiva de sus asistidos."
"En razón de las consideraciones precedentes, habré de concluir que las discrepancias valorativas expuestas por los recurrentes, más allá de evidenciar la existencia de una fundamentación que no se comparte, no configura un agravio fundado en la doctrina de la arbitrariedad ... o en alguna cuestión federal."
Además, el voto mayoritario señaló como antecedente reciente que esta Sala ya había "TOMADO NOTA de la prórroga de prisión preventiva respecto de Facundo Mosteirin, Emanuel Alberto Paz, Georgina Elizabeth Rodríguez y Leonel Martín López, dispuesta por el a quo" (cfr. causa FSM 20560/2024/TO1/19/CFC4, reg. n° 235/26, rta. el 12/3/2026), lo que refuerza la decisión de inadmisibilidad.
- Disidencias o adhesiones relevantes: Los tres jueces coincidieron en la solución de inadmisibilidad; el Dr. Borinsky adhirió al voto de Mahiques; el Dr. Yacobucci también adhirió pero propuso aplicar la medida "sin costas en la instancia respecto de ambas defensas" (el acuerdo final distribuyó costas tal como indica la parte resolutiva).
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