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G,, L. I. c/ ORGANIZACION DE SERVICIOS DIRECTOS -OSDE- s/AMPARO LEY 16.986

Amparo por medicamento para pubertad precoz solicitado contra OSDE; la Cámara Federal de La Plata confirmó la sentencia de primera instancia y obligó a OSDE a cubrir integralmente el tratamiento con Acetato de Triptorelina. La Cámara fundó su decisión en la documentación médica aportada, la protección constitucional y convencional del derecho a la salud y la incorporación al PMO por Resolución 3437/2021.

Amparo Salud Pubertad precoz Acetato de triptorelina Pmo Resolucion 3437/2021 Derecho a la salud Cobertura 100% Obra social Menores


¿Quién es el actor?

L. I. G., en representación de su hija M.P.G.

¿A quién se demanda?

ORGANIZACIÓN DE SERVICIOS DIRECTOS – OSDE.
- Objeto de la demanda: Amparo para obtener cobertura integral (100%) del tratamiento con análogo de GnRH, Acetato de Triptorelina (11,25 mg, una ampolla cada 84 días, por al menos dos años), por pubertad precoz central de la menor.

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda y ordenó a OSDE otorgar la cobertura integral del 100% del tratamiento prescripto, con costas de alzada a cargo de la demandada.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo): “En base a la clínica y los estudios complementarios se diagnostica Pubertad temprana rápidamente progresiva que se asume como Pubertad Precoz Central. Dicha patología implica efectos deletéreos en la talla adulta, la esfera psicosocial y el potencial daño a tejidos por la precoz exposición a altas concentraciones de estrógenos. Por tal motivo se solicita en forma urgente tratamiento con análogo de GnRH. Solicito Acetato de Triptorelina 11,25 mg, una ampolla cada 84 días (12 semanas) en forma prolongada e ininterrumpida, como mínimo durante dos años…”. “(…) la Resolución 3437/2021 del Ministerio de Salud, del día 03/12/2021, en su artículo 1° incorporó como parte integrante del Programa Médico Obligatorio (PMO), a los análogos de la gonadotrofina: Leuprolida Acetato
- también conocido como Leuprolide acetato o Acetato de leuprolida
- Triptorelina y Triptorelina pamoato, con cobertura al 100% para pacientes bajo tratamiento de Pubertad Precoz Central. Además, en la citada resolución se expuso que el mayor impacto de la Pubertad Precoz Central es la pérdida del potencial de talla estimada…” . “El derecho a la salud es reconocido en documentos internacionales ratificados por nuestro país (art.75 inc.22 de la Constitución Nacional …). En el caso, tratándose de una niña, su interés resulta protegido por la Convención sobre Derechos del Niño -de máxima jerarquía constitucional-, aprobada por ley 23.849…”
- No hubo voto en disidencia relevante: ambos jueces de Cámara (Di Lorenzo y Álvarez) coincidieron en confirmar la sentencia apelada.

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