Logo

LEZCANO COUTIÑO MONICA MELISSA Y OTRO c/ MINISTERIO DE SEGURIDAD Y OTROS s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Los actores demandaron por la inconstitucionalidad del Decreto 679/1997 y reclamaron el cese de los descuentos y la restitución de lo descontado. El Juzgado Federal de la Seguridad Social hizo lugar a la demanda, declaró la inconstitucionalidad del DNU 679/1997 y condenó al Estado a restituir las diferencias (3%) desde los dos años previos con sus intereses.

Decreto 679/1997 Inconstitucionalidad Aportes previsionales Gendarmeria nacional Restitucion Intereses Prescripcion (2 anos) Seguridad social Ley 22.788 Dnu


¿Quién es el actor?

LEZCANO COUTIÑO MÓNICA MELISSA y SÁNCHEZ FLORES WILFREDO OMAR.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Ministerio de Seguridad; Gendarmería Nacional; Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal.
- Objeto de la demanda: Se solicitó que se declare la inconstitucionalidad del Decreto 679/1997, el cese de los descuentos en concepto de "Aporte Previsional" (incremento del 3%) y la restitución de las sumas oportunamente descontadas.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó la excepción de falta de legitimación pasiva opuesta por la codemandada Gendarmería Nacional y se hizo lugar a la demanda. Se condenó al Estado (en el plazo de 90 días) a restituir a los actores las diferencias por los aportes efectuados en virtud del Decreto 679/1997 (3%), desde los dos años previos a la interposición de los reclamos administrativos o de la demanda según corresponda, con sus intereses; el pago deberá realizarse por el organismo correspondiente en la forma y condiciones en que se liquidan los haberes de retiro de la parte actora. Se impusieron las costas a la demandada y se difirió la regulación de honorarios hasta la liquidación definitiva.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): 1) "En cuanto a la excepción de falta de legitimación pasiva opuesta por la GENDARMERIA NACIONAL, conforme surge del art. 347 del CPCCN... entiendo que siendo la demandada quien, conforme las manifestaciones expuestas al contestar la demanda resulta especialmente interesada pudiendo alcanzar los resultados a su parte, como, en este caso, el cese del descuento en el recibo de haberes de los actores y/o la devolución de los mismos, se rechaza el planteo formulado en tal sentido." 2) "Que la Corte Suprema de Justicia de la Nación se ha expedido sobre la cuestión en los autos 'PINO SEBERINO Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL
- MINISTERIO DEL INTERIOR
- s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG' (Fallos: 344:2690 de fecha 7/10/2021) ... Por el contrario, entendió procedente el planteo referido a la inconstitucionalidad del decreto 679/1997, resaltando que no se demuestra que '…el dictado del decreto en cuestión haya obedecido a la necesidad de adoptar medidas inmediatas para paliar una situación de rigurosa excepcionalidad y urgencia que pusiera en riesgo el normal funcionamiento del sistema previsional de la Gendarmería Nacional sino que, por el contrario, traducen la decisión de modificarlo de manera permanente, sin recorrer el cauce ordinario que la Constitución prevé.' " 3) "Por lo expuesto, dado que el caso en estudio es análogo a los citados, corresponde declarar la inconstitucionalidad del decreto 679/1997. En consecuencia, deberán restituirse a los actores las diferencias por los aportes efectuados con fundamento en esta última norma (3%)." 4) Sobre intereses y prescripción: "A las sumas generadas deberán adicionarse intereses que se calcularán conforme la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina... desde que cada suma fue debida hasta el efectivo pago." y "con respecto a la excepción de prescripción opuesta por la demandada resulta procedente la aplicación del art. 2562 del Código Civil, por lo que corresponde su admisión con relación a los créditos originados con anterioridad a los 2 años previos a la interposición de la demanda o reclamo administrativo si lo hubiere."
- Disidencias: no consta voto en disidencia en el texto suministrado; la Parte Resolutiva es la decisión del tribunal.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar