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ADAMI CARLOS ALBERTO c/ ANSES s/JUBILACION Y RETIRO POR INVALIDEZ

Reclamo de reconocimiento de retiro por invalidez y pago retroactivo. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de grado que reconoció el retiro por invalidez (incapacidad del 70%) y la condición de aportante irregular con derecho, ordenando otorgar el beneficio y costas a la vencida.

Retiro por invalidez Anses Declaracion jurada de salud Decreto 300/1997 Aportante irregular con derecho Incapacidad 70% Costo procesal Honorarios 30% Ley 24.241 Plazo 30 dias.

Actor: Adami Carlos Alberto. Demandado: ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social). Objeto de la demanda: Solicitud de retiro por invalidez y reconocimiento de derecho al beneficio; impugnación de la denegatoria administrativa fundada en la falta de presentación de la declaración jurada de salud y en presunta irregularidad en los aportes.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia apelada que hizo lugar a la demanda y ordenó a ANSES que en el plazo de 30 días otorgue el beneficio de Retiro Transitorio por Invalidez en los términos fijados en la sentencia de grado; además fijó costas a la recurrida en la Alzada y reguló honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior. Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "Que, en virtud de lo expuesto, corresponde confirmar la sentencia apelada conforme lo expuesto precedentemente." "Al respecto, el art. 6 del decreto 300/1997 establece que 'Los trabajadores autónomos que se incorporen al SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES (SIJP) serán notificados fehacientemente por la DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA (DGI), en oportunidad de su inscripción o reinscripción, de las disposiciones reglamentarias de la Ley N° 24.241...' No obstante ello, el organismo previsional no ha acercado constancia alguna de que se haya realizado la notificación fehaciente, ... por lo que no podría exigírsele al contribuyente que dé cumplimiento a las obligaciones que surgen del decreto 300/1997 si nunca se le ha hecho saber que era su deber presentar la declaración jurada requerida." "Que, a tal fin, cabe señalar que de las constancias obrantes en la causa surge que el accionante presenta una incapacidad del 70% a los fines previsionales, determinada por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo con fecha 3 de octubre de 2024, habiendo acreditado un total de 8 años, 8 meses y 17 días de servicios con aportes. ... se desprende que, de acuerdo al cómputo ilustrativo efectuado por el organismo con fecha 10/10/2024, la peticionante registra, dentro de los últimos 36 meses anteriores a la solicitud del beneficio, un total de 18 meses con aportes ingresados en tiempo y forma. En consecuencia, no cabe desconocerle la condición de aportante irregular con derecho, en los términos de la ley 24.241 y su decreto reglamentario." Disidencias: No constan votos en disidencia en el acuerdo; la parte dispositiva citada es lo resuelto por la mayoría.

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