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GJERDING LILIANA DIONISIA MARIA c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS

Amparo por inaplicabilidad del artículo 9 de la ley 24.463 respecto de haberes docentes (régimen ley 24.016). El Juzgado Federal de la Seguridad Social n.º10 hizo lugar a la demanda, declaró inaplicable el art. 9 de la ley 24.463 en el caso concreto y ordenó a ANSeS liquidar el beneficio y devolver los descuentos con intereses en un plazo de 30 días.

Amparo Anses Ley 24.463 Articulo 9 Regimen docente Ley 24.016 Inaplicabilidad Devolucion de descuentos Intereses Seguridad social


¿Quién es el actor?

GJERDING LILIANA DIONISIA MARIA (por apoderado).

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: acción de amparo para que se declare la inaplicabilidad de la Circular ANSES PREV-05-0819 y, en particular, del artículo 9 de la ley 24.463 respecto del beneficio jubilatorio de la actora (percepción bajo régimen docente/ley 24.241 y régimen especial docente reglamentado por Dto. 137/05), y para que se ordene la devolución de las sumas retenidas (impuesto a las ganancias/ descuento del art. 9) con más intereses y costas.

¿Qué se resolvió?

Se declaró la inaplicabilidad del art. 9 de la ley 24.463 para el caso concreto; se hizo lugar a la demanda de Gjerding y se ordenó a ANSeS que, dentro de 30 días, liquide el beneficio conforme lo ordenado y proceda a la devolución de las sumas descontadas con más sus intereses; se impusieron las costas a la demandada vencida; se difirió la regulación de honorarios hasta la liquidación aprobada. (Plazo de interposición de la demanda y periodo de retroactividad reconocido: pagos desde dos años previos a la interposición de la demanda, dictada con fecha 06/02/2026.)
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos y citas más relevantes): "De las constancias obrantes en el expediente administrativo... se desprende que el accionante percibe un beneficio de jubilación Nº 14011211930, con fecha de alta 01/09/2022 PRESTACIONES DOCENTES LEY 24.241, al que se le efectúa una quita en el mensual de marzo pasado, por aplicación del descuento Ley 24.463
- artículo 9-, de $440.293,93." "La Corte Suprema de Justicia de la Nación, se expidió en autos 'Guzmán, Cristina c/ ANSeS s/ amparo
- ley 16.986', ... 'Que las jubilaciones por servicios docentes prestados en jurisdicción adherida al sistema nacional de previsión social... deben considerarse incorporadas al régimen especial de la ley 24.016... según resulta del decreto 137/2005'... 'el régimen jubilatorio de la ley 24.016 ha quedado sustraído de las disposiciones que integran el sistema general reglamentado por las leyes 24.241 Y 24.463 con el que coexiste, manteniéndose vigente con todas sus características.'" "En consecuencia, corresponde declarar la inaplicabilidad del tope del art. 9 de la ley 24.463 para el caso y ordenar al organismo previsional que abone la prestación en su totalidad, y desde los dos años previos a la interposición de la demanda, de fecha 06/02/2026." "Las retroactividades reconocidas devengarán un interés fijado por la tasa pasiva promedio que publica el Banco Central de la República Argentina, hasta su efectivo pago."
- Disidencias: No consta voto en disidencia en el pronunciamiento incluido; la parte resolutiva expresa la decisión definitiva del juez de primera instancia.

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