Logo

MONTEMURRO ADRIANA BEATRIZ c/ ANSES s/INCONSTITUCIONALIDADES VARIAS

La actora demandó a ANSeS solicitando que se declare inaplicable el art. 9 inc. 2 de la ley 24.463 y se ordene el cese del descuento aplicado a su haber jubilatorio. El Juzgado hizo lugar a la demanda, declaró inaplicable ese inciso y ordenó el pago del beneficio sin la deducción, la restitución de las sumas descontadas con intereses y la imposición de costas a ANSeS.

Anses Inconstitucionalidad Art. 9 inc. 2 ley 24.463 Regimen docente Decreto 137/05 Res. sss 14/2009 Restitucion de haberes Intereses Costas Seguridad social

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Montemurro Adriana Beatriz (la parte actora, jubilada). Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS). Objeto: Se solicita declarar la inconstitucionalidad/inaplicabilidad del art. 9 inc. 2 de la ley 24.463, que determina una deducción o tope aplicable a haberes previsionales, ordenando el cese del descuento y el reintegro de las sumas retenidas con más intereses. La actora alega haber sido beneficiaria al amparo de régimen docente (suplemento del Dto. 137/05 y Res. SSS 14/2009). Decisión: Se hizo lugar a la demanda; se declaró la inaplicabilidad del art. 9 inc. 2 de la ley 24.463 y se dispuso el pago del beneficio jubilatorio de la actora sin la deducción prevista en esa norma, así como la liquidación y restitución de las sumas descontadas por dicho concepto con más sus intereses, en el término de treinta (30) días; se impusieron las costas a la demandada; se diferirá la regulación de honorarios para la liquidación definitiva.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "La cuestión medular de la presente demanda radica en si corresponde o no la aplicación de la escala de deducción prevista en el art. 9 inc. 2 de la ley 24.463 a la prestación previsional que percibe la actora." "Que la parte actora es jubilada en el marco de la ley 24.241, y percibe el suplemento previsto en Res. SSS 14/2009." "En los considerandos del referido decreto se expone que la mencionada ley 24.016 creó un Régimen Previsional Especial para el personal docente ... dejaron de efectuarse las cotizaciones a dicho régimen especial y por ende, dejaron de otorgarse las prestaciones previstas en él." "Sentado lo anterior, y en tanto el régimen docente prevé que el haber jubilatorio represente un porcentaje del haber de actividad y que, como se expuso, las disposiciones de la ley 24.463 resultan inaplicables, no corresponde la deducción que la demandada realiza sobre la base del art. 9 inc. 2 de dicho cuerpo normativo, ya que en definitiva, desvirtúa en la práctica el reconocimiento del estatuto especial." "II. Asi las cosas, corresponde ordenar a la demandada el reintegro de las sumas que pudiera haber retenido con más sus intereses ... desde los dos años anteriores a la interposición de presente demanda, de conformidad con lo dispuesto en el art 82 de la ley 18.037." "III. En cuanto a las costas, entiendo que en el caso de autos resulta de aplicación la doctrina sentada por el Alto Tribunal ... se imponen las costas del presente a la demandada."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia en la sentencia analizada.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar