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DURET GRACIELA CRISTINA c/ ANSES s/INCONSTITUCIONALIDADES VARIAS

La actora demandó a ANSeS por la inaplicabilidad del tope y escala de deducción del art. 9 inc. 2 y 3 de la ley 24463 sobre jubilación del régimen especial Ley 26508 y por retenciones de impuesto a las ganancias. El Juzgado Federal hizo lugar a la demanda, declaró inaplicables los citados preceptos y las normas reglamentarias impugnadas, ordenó liquidar y pagar las diferencias sin aplicar el tope, y la restitución de sumas retenidas por impuesto a las ganancias.

Anses Ley 26.508 Art. 9 ley 24.463 Tope y escala de deduccion Resolucion 33/09 Prev-05-08/09 Impuesto a las ganancias Inaplicabilidad Exceso reglamentario Restitucion de retenciones.


¿Quién es el actor?

Sra. Graciela Cristina Duret.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Se impugna la aplicación del tope y escala de deducción establecido por el art. 9 inc. 2 y 3 de la ley 24.463 sobre la jubilación percibida en el régimen especial docente universitario (Ley 26.508); se solicita también declarar la inaplicabilidad de la Resolución Reglamentaria N° 33/09 y PREV-05-08/09 por exceso reglamentario, y se reclama el cese de retenciones por Impuesto a las Ganancias y la devolución de las sumas indebidamente retenidas.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda; se declaró la inaplicabilidad del art. 9 inc. 2 y 3 de la ley 24.463 por tratarse de un régimen especial, así como la inaplicabilidad de la Resolución Reglamentaria Nro. 33/09 y PREV-05-08/09 por exceso reglamentario; se ordenó a ANSeS que, dentro de 120 días de quedar firme la sentencia, liquide el haber y las diferencias sin aplicar el art. 9 inc. 2 y 3 de la ley 24.463 y con intereses según la tasa pasiva promedio mensual del BCRA; se ordenó asimismo que ANSeS se abstenga de efectuar descuentos por Impuesto a las Ganancias al abonar las sumas y que reintegre las sumas indebidamente retenidas en concepto del mismo impuesto. Se hizo lugar al planteo de prescripción opuesto por la demandada conforme art. 82 Ley 18.037. Se impusieron costas a la demandada vencida.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): “Por ello y tratándose de la aplicación al caso de autos de una ley especial -la ley 26508-, deviene inaplicable el art. 9 inc. 2 y 3 de la ley 24463.” “En segundo término y en cuanto a la inaplicabilidad de la Res.33/09 y PREV-05-08/09, reglamentarias de la Ley 26508, el Máximo Tribunal señaló ... que: ‘...el Poder Ejecutivo con la sanción del decreto de referencia ha extralimitado sus facultades al pretender introducir el tratamiento de una cuestión ajena a la competencia que le asigna el artículo 99 de la Constitución Nacional’... Por ello, de acuerdo al artículo 99 inciso 3 de la Constitución Nacional, corresponde, para el caso de autos, declarar su inaplicabilidad, pues resulta claro su exceso reglamentario.” “Respecto del haber mensual, el Máximo Tribunal se expidió ... ordenando que hasta que el Congreso Nacional legisle sobre el punto, no corresponde retener suma alguna en concepto de impuesto a las ganancias sobre la prestación previsional... consecuentemente, por economía procesal, aplicaré la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.” “Por todo lo expuesto, corresponde hacer lugar a la demanda instaurada por la Sra. Duret declarando la inaplicabilidad del tope y escala de deducción previstos por el art. 9 inc. 2 y 3 de la ley 24463 por tratarse de un régimen especial, como así también de la Resolución Reglamentaria Nro. 33/09 y PREV-05-08/09 por incurrir en un claro exceso reglamentario y ordenando a la demandada se abstenga de formular descuento alguno por el concepto Impuesto a las Ganancias, como así también devuelva las sumas indebidamente retenidas a la actora por el mismo concepto.”
- Disidencias: No constan votos en disidencia en la sentencia.

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