Logo

LIZONDO HORACIO DAVID c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor inició demanda contra ANSES reclamando el recálculo y pago de diferencias del haber previsional por PBU, PC y PAP. El Juzgado hizo lugar parcialmente a la demanda, rechazó el cálculo inicial de P.C. y P.A.P., declaró prescritos créditos anteriores a dos años y ordenó a ANSES recalcular y liquidar haberes en 120 días, dejando diferida la regulación de honorarios.

Anses Reajuste de haberes Pbu Prestacion compensatoria Prestacion adicional por permanencia Ley 24.241 Ley 27.426 Prescripcion (art. 82 ley 18.037) Liquidacion Intereses


¿Quién es el actor?

HORACIO DAVID LIZONDO.

¿A quién se demanda?

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL (ANSES).
- Objeto de la demanda: Se impugna la resolución administrativa que denegó el reajuste de haberes; se solicita el recálculo, liquidación y pago de diferencias del haber previsional (PBU, Prestación Compensatoria -P.C.
- y Prestación Adicional por Permanencia -P.A.P.-), cuestionándose el mecanismo de determinación del haber inicial y el sistema de movilidad aplicados por el organismo.

¿Qué se resolvió?

El Juzgado hizo lugar parcialmente a la demanda, dejó sin efecto la resolución impugnada y ordenó a ANSES que, en el plazo de 120 días desde la recepción del expediente administrativo o desde la notificación, practique la liquidación ordenada en el fallo y, de resultar diferencias, ponga al pago el haber inicial recalculado y gestione los requerimientos presupuestarios pertinentes; además rechazó el cálculo del haber inicial de los componentes de P.C. y P.A.P., hizo lugar a la excepción de prescripción respecto de créditos anteriores a dos años y declaró las costas por su orden. La regulación de honorarios fue diferida hasta existir suma líquida aprobada.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): 1) "En primer orden, corresponde hacer lugar la excepción de prescripción deducida por la demandada, declarando prescriptos los créditos reclamados anteriores a los dos años del reclamo administrativo, (artículo 82, tercer apartado, ley 18.037 –conforme art. 168 de la ley 24.241-." 2) "En cuanto a la cuestión de fondo, respecto del mecanismo de actualización de las remuneraciones consideradas a los fines del recálculo de la P.C. y P.A.P. previsto en el art. 24 de la ley 24.241, toda vez que el actor adquirió el derecho al beneficio, ya entrada en vigencia la modificación al art. 2° de la ley 26.417, introducida por el art. 3° de la ley 27.426 y su reglamentación (arts. 2 y 3 de la Resolución 2-E/2018 de la Secretaría de Seguridad Social); corresponde estarse a los índices allí establecidos a los fines de actualizar las remuneraciones a considerar para el cálculo de la Prestación Compensatoria y la Prestación Adicional por Permanencia." 3) "En consecuencia, habiendo finalizado el 31/12/2020 la emergencia y suspensión de la movilidad dispuestas por la ley 27.541 y reanudándose la vigencia de la ley 27.426 hasta el día 5/1/2021 conforme lo dispuso la propia ley 27.609, que fue publicada en el Boletín Oficial el 4/1/2021, entiendo que debe liquidarse a la parte actora el haber que hubiera correspondido de haberse aplicado la movilidad establecida en la ley 27.426
- descontando lo percibido por los aumentos otorgados por los decretos 163/2020, 495/2020, 692/2020 y 899/2020
- y tener en cuenta éste último haber readecuado para los meses de enero y febrero de 2021 y para adicionar el incremento previsto en la ley 27.609 en marzo de 2021." 4) "Las diferencias resultantes desde que cada suma es debida y hasta el efectivo pago devengarán intereses a la Tasa Pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina..."
- Disidencias relevantes: No se registra voto en disidencia en el expediente; la resolución firmada por la Jueza Federal Subrogante constituye la decisión.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar