ARCA s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)
Ejecución fiscal: se declaró expedita la ejecución de la deuda y se habilitó a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero para su cobro. El Juzgado Federal de Moreno hizo lugar a la declaración de vía expedita por incumplimiento de intimación, habilitó la ejecución hasta el pago íntegro del capital e impuso las costas a la ejecutada.
¿Quién es el actor?
la actora (Agencia de Recaudación y Control Aduanero, según el dispositivo).
¿A quién se demanda?
la ejecutada (parte demandada, sin identificar por nombre en el fallo).
- Objeto de la demanda: ejecución de una boleta de deuda fiscal; requirieron la habilitación de la vía ejecutiva para cobrar el capital requerido en la boleta de deuda más sus intereses.
¿Qué se resolvió?
Se declaró expedita la ejecución de la deuda contra la demandada, quedando la Agencia de Recaudación y Control Aduanero habilitada para llevarla adelante hasta obtener el íntegro pago del capital requerido en la boleta de deuda motivo de los presentes obrados con más sus intereses; se impusieron las costas del proceso a la ejecutada; se ordenó notificar a la actora (quedando a su cargo la notificación al demandado), comunicar a la Dirección de Comunicaciones y Gobierno Abierto de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, publicar (Ac. CSJN 10/2025) y oportunamente archivar.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo):
"Que la ejecutada fue debidamente intimada de pago tal como surge del mandamiento obrante en autos, no habiendo opuesto excepciones la parte demandada dentro del término legal, de conformidad con lo dispuesto por el art. 92 de la ley 11.683, modificada por ley 25.239."
"Que de conformidad con lo previsto en el último párrafo del artículo citado, corresponde expedir la constancia de tal situación y declarar expedita la vía."
(Dispositivo) "Declarar expedita la ejecución de la deuda contra la demandada quedando la Agencia de Recaudación y Control Aduanero habilitada para llevarla adelante hasta obtener el íntegro pago del capital requerido en la boleta de deuda motivo de los presentes obrados con más sus intereses.
- Imponer las costas del proceso a la ejecutada.
- Regístrese, notifíquese a la actora quedando a su cargo la notificación al demandado; comuníquese a la Dirección de Comunicaciones y Gobierno Abierto de la Corte Suprema de Justicia de la Nación; publíquese (Ac. CSJN 10/2025) y oportunamente archívese."
- Votos en disidencia: no existen disidencias consignadas en el expediente.
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