MONTERO SUSANA NORMA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Montero cuestionó reajustes previsionales y la movilidad establecida por la Ley 27.609. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de grado, diferirió el análisis de la inconstitucionalidad de la Ley 27.609 para la etapa de ejecución y confirmó lo restante; impuso costas a la demandada y reguló honorarios.
¿Quién es el actor?
MONTERO Susana Norma.
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios y cuestionamiento de la movilidad previsional (Ley 27.609), así como liquidaciones/recomposiciones de haberes (enero-febrero 2021 y retroactivos).
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia apelada, deferió el tratamiento de la inconstitucionalidad de la Ley 27.609 para la etapa de ejecución, confirmó el pronunciamiento apelado en lo demás, dispuso las costas a la demandada vencida, reguló honorarios a favor de la representación letrada de la actora (30% de lo fijado en la instancia anterior más IVA) y devolvió el expediente al juzgado de origen.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"En consecuencia, a la luz de los precedentes citados, el contexto de cambio y la posibilidad de una solución normativa, me llevan a concluir que sería prudente diferir el tratamiento de la inconstitucionalidad de la ley 27.609 para la etapa de ejecución."
"Y es que en virtud de la adopción del DNU 274/2024 y la nueva metodología de movilidad establecida en el artículo 32 de la Ley Nº 24.241, resulta razonable actuar con cautela, pues la modificación introducida refleja la toma de conciencia de la insuficiencia de la ley 27.609 y su impacto adverso en los haberes previsionales, mostrando la intención del Poder Ejecutivo de readecuar la movilidad previsional a la realidad inflacionaria."
"En el marco de lo resuelto por la CSJN en autos: 'Morales Blanca Azucena c/ ANSeS s/ Impugnación de Acto Administrativo', Fallos: 346:634, Sentencia de fecha 22 de junio de 2023, a cuyos argumentos me remito en honor a la brevedad, corresponde revocar la imposición de costas e imponerlas a la demandada vencida (art. 36 Ley 27.423)."
- Disidencia: El Dr. Juan A. Fantini manifestó disidencia parcial respecto del voto preopinante en los considerandos iniciales (adoptando fundamentos propios ya vertidos en expedientes afines) pero adhirió en lo relativo al diferimiento de la inconstitucionalidad; la decisión que resolvió por mayoría es la que aquí se consigna.
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