PERONA, JUSTA JOSEFINA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamó una jubilada la actualización de sus haberes y la Prestación Básica Universal frente a ANSES en autos por reajustes. La Cámara Federal de Mendoza resolvió hacer lugar parcialmente al recurso de la demandada: confirmó el rechazo de la excepción de cosa juzgada y, en cambio, dejó sin efecto la actualización de la PBU, además de declarar inconstitucional el art. 3 del DNU 157/2018 e imponer costas a la quejosa.
¿Quién es el actor?
PERONA, JUSTA JOSEFINA (beneficiaria/jubilada actora).
¿A quién se demanda?
ANSES.
- Objeto de la demanda: reclamo de reajustes y actualización de haberes previsionales, incluyendo la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU); planteos de inconstitucionalidad e inaplicabilidad normativa.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto por la demandada; se confirmó la resolución de primera instancia en cuanto rechazó la excepción de cosa juzgada; se revocó parcialmente la resolución apelada respecto de la actualización de la PBU, dejándola sin efecto; se declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 con costas para la quejosa; y se regularon honorarios en un 30% de lo regulado en primera instancia.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones relevantes):
1) "En el caso, si bien no se encuentra controvertido que el actor suscribió un acuerdo transaccional en el marco del Programa de Reparación Histórica —homologado judicialmente en los términos de la Ley 27.260—, lo cierto es que la pretensión articulada en autos no puede considerarse íntegramente alcanzada por los efectos de cosa juzgada derivados de dicho convenio. [...] En consecuencia, corresponde confirmar lo resuelto en la instancia de grado en cuanto rechazó la excepción de cosa juzgada, sin perjuicio de lo que se decidirá seguidamente respecto de los agravios concretos introducidos."
2) "Ahora bien, distinta solución corresponde adoptar en relación a la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU). [...] En este contexto, no resulta procedente revisar la determinación de la PBU, en tanto la misma no integra los componentes susceptibles de reajuste en el marco del régimen de Reparación Histórica, ni fue oportunamente impugnada al momento de celebrarse el acuerdo. Admitir lo contrario implicaría desconocer los efectos propios de la homologación judicial del convenio —que le confiere autoridad de cosa juzgada en los términos del art. 6 de la Ley 27.260— y habilitar una revisión parcial incompatible con el carácter integral de la transacción."
3) "Por lo antedicho, corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, por los argumentos dados por la CSJN, en el precedente 'Morales' e imponer las costas de la presente instancia a la vencida. (art. 36 de la ley Nº 27.423)."
- Votos: El voto que analiza y propone la solución es el del Dr. Gustavo Enrique Castiñeira de Dios; los Dres. Juan Ignacio Pérez Curci y Manuel Alberto Pizarro adhieren al voto. No se registra disidencia.
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