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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: VENIALGO BERNAL , CRISTINO Y OTROS s/INFRACCION LEY 23.737

Causa por transporte de estupefacientes mediante encomiendas; la Cámara (Tribunal Oral Federal de Posadas, juez unipersonal) declaró admisible el juicio abreviado y condenó a cuatro imputados por transporte de estupefacientes, imponiendo penas de cuatro años de prisión y multa de 45 unidades fijas a tres de ellos y cinco años y multa de 125 unidades fijas a otro, por dos hechos en concurso real.

Transporte de estupefacientes Juicio abreviado Via cargo Cannabis sativa Condena Penas privativas de libertad Multas en unidades fijas Concurso real Gendarmeria nacional Escuchas telefonicas.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Ministerio Público Fiscal (Dr. Pablo Ricardo Di Loreto, Fiscal General Interino en esta etapa).
- A quién se demanda (Demandados/imputados): Cristino Venialgo Bernal (DNIE 94.775.563), René Javier Vázquez Acosta (DNIE 94.865.203), Ezequiel Jeremías Hermosilla (DNI 47.108.436) y José Leandro Sanabria Cordobés (DNIE 95.421.139). Objeto: Se les imputa y se acordó su responsabilidad como coautores del delito de transporte de estupefacientes (art. 5 inc. c Ley 23.737), en hechos cometidos mediante el despacho y retiro de encomiendas por la empresa Vía Cargo S.A., incluyendo dos hechos atribuídos a Sanabria Cordobés en concurso real. Decisión: Se declaró formalmente admisible el procedimiento de Juicio Abreviado y se condenó a: Cristino Venialgo Bernal, René Javier Vázquez Acosta y Ezequiel Jeremías Hermosilla a la pena de cuatro años de prisión, multa de 45 unidades fijas, accesorias legales y costas; y a José Leandro Sanabria Cordobés a la pena de cinco años de prisión, multa de 125 unidades fijas, accesorias legales y costas, por los delitos y en los términos consignados en la parte resolutiva. Además se eximió a los condenados del pago de honorarios al Ministerio Público de la Defensa y se reservaron determinados elementos de prueba para otro expediente (FPO 4.288/2025).
- Fundamentos principales de la decisión (citas textuales relevantes): 1) "Se inician las actuaciones el día 11/04/2024, a raíz de un procedimiento realizado por Gendarmería Nacional en la Ruta Nacional 14, Km 164,5, San José, Departamento Colón, provincia de Entre Ríos... el personal advirtió la existencia de un bulto tipo encomienda, amparado bajo Guía N° 999019561843... Efectuado el narcotest dio como resultado positivo para cannabis sativa, con un peso aproximado de 10.152,7 gramos." 2) "El informe químico-pericial (GN N°126.321)... confirmó que las muestras extraídas de los paquetes hallados dentro de la encomienda interdictada el 11/04/2025 -hecho A-, se correspondieron con la sustancia Cannabis Sativa (marihuana), en un peso total de 10.152,7 grs., con la concentración promedio obtenida de (7.09%)... Asimismo, de la segunda pericia N°GN135.863... resultaron ser 24.126 grs., de una concentración promedio de (17,68% m/m)..." 3) "Todo lo hasta aquí descripto, me permite tener por acreditado los hechos con el grado de certeza exigido para esta etapa procesal... y que Cristino Venialgo Bernal, René Javier Vázquez Acosta, Ezequiel Jeremías Hermosilla y José Leandro Sanabria Cordobés, han tenido participación en los mismos, en el grado de autoría, puntualmente este último concurre en dos ocasiones." 4) "Por lo tanto, propicio al acuerdo se condene a: 1) Cristino Venialgo Bernal, la pena de cuatro años de prisión, multa de 45 unidades fijas... 4) José Leandro Sanabria Cordobés, la pena de cinco años de prisión, multa de 125 unidades fijas... (arts. 2, 5, 12, 19, 21, 22, 29 inc. 3º y 45 y 55 del Código Penal)."
- Disidencias: No constan votos en disidencia; la sentencia fue dictada unipersonal por el Dr. Juan Manuel Iglesias como Juez de Cámara subrogante.

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