CORREA DIOLINDA ALICIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora demandó a ANSeS por reajustes varios respecto de la Prestación Básica Universal y planteos de inconstitucionalidad de normas. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia apelada, impuso las costas de Alzada a la demandada vencida y reguló honorarios del apoderado de la actora en el 30% de la suma que se fije por la labor en primera instancia (más IVA si corresponde).
Actor: CORREA DIOLINDA ALICIA. Demandado: ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social). Objeto de la demanda: Reclamo de reajustes varios sobre la Prestación Básica Universal (PBU) y planteos de inconstitucionalidad de varias normas (entre ellas artículos de las leyes 24.463, 24.241, 23.928, 27.426, 27.541, 27.609 y decretos conexos). Fecha de adquisición del beneficio: 30/05/2008.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala II, confirmó el pronunciamiento apelado en cuanto fue materia de agravios; impuso las costas de Alzada a la demandada vencida; reguló los honorarios a favor de la representación letrada de la parte actora en el 30% de la suma que se fije por su labor en primera instancia con más el IVA en caso de corresponder; y ordenó devolver las actuaciones al Juzgado de origen.
Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
- "Bajo el influjo de tal exégesis constitucional, el Tribunal Cimero consideró que a los fines de alcanzar una solución razonable al dilema que plantea el recurrente, y también consubstancial con aquellas premisas, debía considerarse de manera concreta, 'qué incidencia tenía la ausencia de incremento de uno de los componentes de la jubilación [en el caso, la P.B.U.] sobre el ´total del haber inicial´ –pues éste es el que goza de protección [enfatiza el Superior]
- y en caso de haberse producido una merma, constatar si el nivel de quita [con relación a la “situación de los activos”] resultaba confiscatorio.' (Considerando N° 10)."
- "Por ello, se confirma lo resuelto por a quo."
- "En consecuencia se declara la inconstitucionalidad del art. 9 Inc 3) de la Ley 24.463 (conf Fallo: CSJN 'Rapisarda José León c/ ANSeS s/ Reajustes Varios', Sent. Fecha 06/08/2015, R. 680. XLVI. RHE) en el supuesto que en la etapa de liquidación de la sentencia se acredite que la aplicación de los topes sobre el haber previsional del actor genera una quita superior al 15% -límite de confiscatoriedad establecido por el Alto Tribunal en aquel precedente
- y se confirma lo resuelto en la instancia de grado."
- "Al respecto aclara Lino E. Palacio que 'el hecho o hechos nuevos no sólo deben tener relación con la cuestión controvertida y ser conducentes, sino que, además, deben hallarse encuadrados dentro de los términos de la causa y del objeto de la pretensión, ya que, de lo contrario, ésta no resultaría integrada, sino transformada.' (v. Derecho Procesal Civil, Ed. AbeledoPerrot, T. IV pág. 380)."
Disidencias: No existen votos en disidencia; los tres vocales adhirieron al acuerdo que contiene la parte resolutiva.
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