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CASELLA CARLOS HUGO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Casella reclamó reajustes varios de su prestación previsional contra ANSeS. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de grado (recalculo de la PBU) y confirmó lo demás, aplicando prescripción bienal, la Tasa Pasiva promedio del BCRA para intereses y costas a la demandada vencida.

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¿Quién es el actor?

CASELLA CARLOS HUGO.

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios de prestación previsional (reajuste de haber, con inclusión de la Prestación Básica Universal y cuestionamientos sobre métodos de actualización, prescripción, tasas de interés y costas).

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia de grado en lo relativo al recálculo de la Prestación Básica Universal (PBU) y confirmó el resto de lo resuelto en la instancia, impuso costas de ambas instancias a la demandada vencida, regular los honorarios de la parte actora en el 30% de la suma que se fije por su labor en primera instancia (más IVA si corresponde) y dispuso devolver las actuaciones al juzgado de origen. Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del decisorio): "En tal orden, se rechaza el agravio de la ANSeS." "Por ende, propongo revocar parcialmente lo dispuesto en la instancia de grado y determinar que el recálculo de la PBU deba realizarse en los términos que surgen del precedente aludido." "En lo que respecta a la prescripción dispuesta por el a quo, resulta aplicable la doctrina de la C.S.J.N. plasmada en los autos: 'Jaroslavsky, Bernardo S/jubilación, Sent. fecha 26/02/1985, J.9.XX' y 'Miralles, Enrique Alberto, Sent. fecha 18/4/1985, M.120.-XX' precedentes donde el Máximo Tribunal sostuvo la constitucionalidad de los arts. 82 y 83 de la ley 18.037 en cuanto fijan términos de prescripción específicos para las deudas de los entes previsionales. Por ende, se confirma la prescripción bienal dispuesta en la instancia de grado." "Con respecto a la tasa de interés corresponde aplicar la Tasa Pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina hasta su efectivo pago (conf. Corte Suprema de Justicia de la Nación en los precedentes: 'Spitale, Josefa Elida c/ ANSeS s/ impugnación de resolución administrativa', Sent. Fecha 14/09/2004, Fallos: 327:3721 y 'Cahais, Rubén Osvaldo c/ ANSeS s/ reajustes varios', Sent. Fecha 18/04/2017, Fallos: 340:483)." "En cuanto a las costas de ambas instancias las mismas habrán de imponerse a la demandada vencida (conf. Art. 68, párr. 1º del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y Excma. CSJN in re: 'Gentile Fioravanti Pedro c/ANSeS s/Reajustes Varios', Sent. Fecha 8/10/2024, Expte. CSS Nº 96499/2010')." Votos / adhesiones relevantes:
- El Dr. Juan A. Fantini votó por revocar parcialmente para recalcular la PBU, confirmar lo demás, aplicar prescripción bienal y la Tasa Pasiva del BCRA; propuso la imposición de costas a ANSeS y la regulación de honorarios conforme se transcribe.
- La Dra. Nora C. Dorado y el Dr. Walter F. Carnota adhirieron al voto preopinante. No constan votos en disidencia.

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