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GARRIDO OLGA ESTER c/ ANSES s/INCONSTITUCIONALIDADES VARIAS

La actora promovió acción declarativa contra ANSeS solicitando la inaplicabilidad de la escala de deducción del art. 9 de la ley 24.463 y la restitución de sumas retenidas. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de grado, declaró inaplicable la escala cuestionada y ordenó la restitución de lo descontado, imponiendo costas de alzada a la demandada.

Seguridad social Anses Ley 24.463 Art. 9 Inconstitucionalidad Impuesto a las ganancias Restitucion de haberes Costas de alzada Honorarios Ley 24.241


¿Quién es el actor?

GARRIDO OLGA ESTER (la actora).

¿A quién se demanda?

ANSeS.
- Objeto de la demanda: acción declarativa de inconstitucionalidad contra la Circular ANSES PREV-05-0819 y, en general, la inaplicabilidad de la escala de deducción del art. 9 de la ley 24.463 sobre los haberes previsionales de la actora; además, reclamo de restitución de montos retenidos y exención del impuesto a las ganancias.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de la Seguridad Social
- Sala I confirmó la sentencia apelada, declaró inaplicable en la especie la escala de deducciones prevista en el art. 9 inc. 2 de la ley 24.463 respecto del beneficio de la actora y ordenó la restitución de las sumas retenidas; asimismo declaró la inaplicabilidad del impuesto a las ganancias y fijó costas de alzada a la demandada, regulando honorarios por la alzada en 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo): "Corresponde señalar que la escala de deducciones planteada en el art. 9 inc. 2° de la ley 24463 resulta aplicable siempre que concurran dos recaudos; en primer lugar, que se trate de beneficios acordados sobre la base de una legislación anterior a la entrada en vigencia de la ley 24241, que no es este el caso y en segundo, que la ley por la que se obtuvo el beneficio no provea otro tope al haber. Por ello, la limitación del art 9, inc 2, no debe ser de aplicación a beneficios como el presente. Debería considerarse en su caso, el inc 3..." "Por ello corresponde ordenar que resulta inaplicable en la especie la escala de deducciones prevista en el art. 9.2 de la ley 24463 tan sólo y, en base a los argumentos aquí vertidos, corresponde confirmar la sentencia recurrida." "Respecto de la retención del impuesto a las ganancias, la CSJN ya se ha expedido en casos de aristas similares... por lo que corresponde declarar la inaplicabilidad del gravamen aludido."
- Disidencias: No se registra disidencia en la parte resolutiva final; el voto del Dr. Juan A. Fantini Albarenque adhiere a la solución propiciada por el voto mayoritario.

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