Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: MARTINEZ MONTES , FERNANDO RAFAEL Y OTRO s/HOMICIDIO SIMPLE DAMNIFICADO: PINTO DIAZ, MARCELO MAXIMILIANO
La Asociación Pensamiento Penal solicitó ser admitida como Amigo del Tribunal en la causa de casación. La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional —Sala 3— admitió la intervención de la APP para enriquecer la deliberación y ordenó registrar y notificar su presentación conforme a la Acordada 15/13 de la CSJN.
¿Quién es el actor?
Asociación Pensamiento Penal (APP).
- Demandado / contra quien se solicita: No corresponde una parte demandada; se trata de una petición de intervención como "Amigo del Tribunal" ante la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional — Sala 3.
- Objeto de la petición: solicitar ser tenido como "Amigo del Tribunal" (amicus curiae) para ofrecer una perspectiva especializada sobre la apreciación de la prueba e indicios en el proceso.
¿Qué se resolvió?
Se admitió la presentación de la Asociación Pensamiento Penal como "Amigo del Tribunal", se ordenó incorporar su presentación al expediente y se instruyó a la Oficina Judicial a registrar, notificar y comunicar lo actuado (Acordada nº 15/13 de la CSJN).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"De acuerdo a la normativa de referencia, el amigo del tribunal “deberá ser una persona física o jurídica con reconocida competencia sobre la cuestión debatida en el pleito”, la cual “fundamentará su interés para participar en la causa y deberá expresar a qué parte o partes apoya en la defensa de sus derechos, si ha recibido de ellas financiamiento o ayuda económica de cualquier especie, o asesoramiento en cuanto a los fundamentos de la presentación, y si el resultado del proceso le representará –directa o mediatamente– beneficios patrimoniales” (art. 2). Por otra parte, se establece que “la actuación del amigo del tribunal tiene por objeto enriquecer la deliberación en cuestiones institucionalmente relevantes, con argumentos fundados de carácter jurídico, técnico o científico, relativos a las cuestiones debatidas…” (art. 4)."
"III. La “Asociación Pensamiento Penal” ha expresado su interés en participar para “ofrecer una perspectiva especializada que permita advertir la importancia de cumplir con el deber de un análisis crítico, razonado y circunstanciado de los elementos probatorios e indiciarios de la prueba producida en el proceso, teniendo especial consideración en la apreciación que ésta asume para la determinación del hecho”. Sentado ello, se ha explicado suficientemente en la presentación el interés que le mueve al pedir autorización para intervenir como “Amigo del Tribunal”; y, además, ha expuesto detalladamente las circunstancias tanto generales como particulares que rodean el caso, y que considera deben ser tomadas en cuenta al momento de resolver."
"Consecuentemente, corresponde admitirla como “Amigo del Tribunal”, incorporar su presentación al expediente y, de momento, tener presente lo allí expuesto."
- Votos en disidencia relevantes: No se consignan votos en disidencia en el acuerdo final.
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