Incidente Nº 2 - IMPUTADO: CORRARELLO , MARTIN ALEJANDRO s/INCIDENTE DE ESTIMULO EDUCATIVO
Recurso de casación por reducción de plazos por estímulo educativo solicitado para Martín Alejandro Corrarello. La Cámara Nacional de Casación hizo lugar parcialmente y aplicó una reducción adicional de dos meses por estímulo educativo conforme al art. 140, inc. b) de la ley 24.660, sin costas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: La defensa particular de Martín Alejandro Corrarello (recurrente en casación).
Demandado: Tribunal de ejecución penal (a quo) y, en la instancia, el Ministerio Público Fiscal opuso criterio adverso.
Objeto: Se solicita la reducción de plazos de la progresividad penitenciaria por aplicación del estímulo educativo previsto en el art. 140 de la ley 24.660; la defensa pidió una reducción total de 11 meses por distintos estudios y talleres aprobados.
Decisión: La Sala 1 de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional hizo lugar parcialmente al recurso de casación y aplicó una reducción adicional de dos meses por estímulo educativo, sin costas, debiéndose registrar, notificar y remitir al tribunal de origen.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales):
"En efecto, la situación que se plantea es similar a la que abordó el colega Bruzzone en un caso anterior, en el que, precisamente con sustento en los “Módulos 1 ‘procesador de textos’ y 2 ‘planilla de cálculo’…”, se interpretó que éstos “permiten a quien los aprueba abordar una búsqueda laboral relacionada a un trabajo administrativo básico” y, en definitiva, se reconoció una reducción de dos meses. Bajo ese enfoque, no comparto la postura asumida por el Ministerio Público Fiscal y acompañada por el a quo, en torno a que, para reconocer tal reducción, el condenado debería “cursar y aprobar de modo íntegro los talleres de ‘Python’, ‘latex’, ‘robótica’ y ‘Programación’...”, pues no termina de explicar por qué los talleres antes mencionados serían inidóneos para acordarla, a la luz de las previsiones del art. 140, inc. “b”, de la ley 24.660 y la jurisprudencia recién citada. Por dichas razones, en definitiva, voto por hacer lugar -parcialmente
- al recurso interpuesto por la defensa particular y acordar a Corrarello una reducción adicional de dos meses, por estímulo educativo, sin costas."
"Adhiero a la solución propuesta por el colega Divito."
"En atención a que los jueces preopinantes coincidieron en la solución que corresponde dar al caso, he de abstenerme de emitir mi voto en función de lo normado en el art. 23, CPPN."
- Disidencias/relevancia: No existe una disidencia que revoque la decisión mayoritaria; el juez Rimondi adhirió al voto de Divito y el juez Bruzzone se abstuvo por el art. 23 del CPPN.
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