Legajo Nº 1 - IMPUTADO: VIZCARRA, JUAN MANUEL ENRIQUE s/LEGAJO DE CONTROL
Se tomó nota de la prórroga de la prisión preventiva de Juan Manuel Enrique Vizcarra por tres meses o hasta que se resuelva su situación procesal. La Cámara Federal de Casación Penal instó al tribunal de mérito a resolver la situación procesal en el plazo dispuesto, y dispuso remitir oficio al tribunal de origen.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Quién demanda (Actor): El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°3 de Rosario (solicitó/prorrogó la medida).
A quién se demanda (Demandado): Juan Manuel Enrique Vizcarra (imputado).
Qué se reclama (Objeto de la demanda): Prórroga de la prisión preventiva por el término de tres meses o hasta que se dicte sentencia, contados desde su vencimiento.
Qué se resolvió (Decisión del tribunal): La Cámara Federal de Casación Penal tomó nota de la prórroga de la prisión preventiva respecto de Juan Manuel Enrique Vizcarra por el término de tres meses o hasta que se resuelva su situación procesal, lo que ocurra primero, a partir de su vencimiento, e instó al tribunal de mérito a resolver la situación procesal del nombrado en el plazo dispuesto. Se ordenó registro, notificación, comunicación y remisión al tribunal de origen.
Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"Que, el 17 de marzo de 2026, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nro. 3 de Rosario, resolvió: '(I).
- PRORROGAR por el término de TRES (3) MESES la prisión preventiva que viene cumpliendo Juan Manuel Enrique Vizcarra […] a contar desde su vencimiento
- que opera el día 18/03/2026-, o bien hasta el dictado de la sentencia a su respecto, lo que ocurra primero' (el resaltado y las mayúsculas pertenecen al original)."
"Que, sin perjuicio del carácter excepcional de la prolongación de la prisión preventiva, en atención a lo detallado en el punto III de la presente, corresponde tomar nota de la prórroga dispuesta respecto de Juan Martín Enrique Vizcarra por el término de tres meses o hasta que se resuelva su situación procesal, lo que ocurra primero, a partir de su vencimiento."
"Que, conforme surge del expediente principal al que hemos tenido acceso a través del Sistema de Gestión Judicial LEX100, el 10 de febrero del año en curso, el representante del Ministerio Público Fiscal presentó acuerdo de juicio abreviado respecto del nombrado (cfr. legajo FRO 7559/2023/TO1). Asimismo, conforme surge de la decisión traída a control '(e)n la actualidad se está celebrando la audiencia de debate en relación a los acusados que no presentaron salidas alternativas al juicio, y que inmediatamente luego de dictarse sentencia en el mismo, se procederá a cumplir con la audiencia de visu respecto de los imputados que presentaron acuerdo de juicio abreviado con la Fiscalía General, entre los que se encuentra el Sr. Juan Manuel Vizcarra'."
Disidencias relevantes: No constan votos en disidencia; la decisión es la acordada por la Sala I.
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