Incidente Nº 28 - IMPUTADO: MUÑOZ, MARIA RAMONA s/INCIDENTE DE EXCARCELACION
La defensa de María Ramona Muñoz interpuso recurso de casación contra la denegatoria de excarcelación dictada por el Tribunal Oral Criminal Federal N°4 de San Martín. La Cámara Federal de Casación Penal, por mayoría, declaró inadmisible el recurso y tuvo presente la reserva del caso federal, imponiendo costas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: La defensa pública oficial de María Ramona Muñoz interpuso recurso de casación.
Demandado: Se impugna la resolución del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°4 de San Martín que denegó la excarcelación y rechazó la morigeración de la prisión preventiva.
Objeto: Se solicita la excarcelación de María Ramona Muñoz y, subsidiariamente, la morigeración de la prisión preventiva; el recurso de casación fue formalizado sobre la base del art. 456 inc. 2) del C.P.P.N.
Decisión: La Cámara Federal de Casación Penal, por mayoría, declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por la defensa pública oficial de María Ramona Muñoz, con imposición de costas, y dejó registrada la reserva de caso federal.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los 2-3 párrafos más relevantes, en lenguaje original del tribunal):
"En suma, el tribunal a quo ha puesto de resalto una serie de circunstancias objetivas que revelan, al menos de momento, la razonabilidad del rechazo a lo peticionado por la defensa, y sus embates no pasan de ser la expresión de un particular punto de vista, inepto para remover las razones que lo apoyan.
Así las cosas, ha de recordarse que la discordancia sobre la interpretación de las normas que se consideran aplicables al caso resulta insuficiente si el recurrente no desarrolla fundadamente el error o la violación de la ley sustantiva o procedimental en los términos del art. 456 CPPN, suministrando al Tribunal de Casación argumentos referidos directa y concretamente a los conceptos esenciales que estructuran la construcción jurídica en que se asienta el pronunciamiento, déficit que el impugnante no ha logrado superar.
Por lo expuesto, propongo al Acuerdo declarar inadmisible el recurso de casación interpuesto por la defensa pública oficial de María Ramona Muñoz, con costas en esta instancia (arts. 530 y 531 in fine del C.P.P.N.), y tener presente la reserva del caso federal."
- Voto en disidencia: La jueza Angela E. Ledesma sostuvo que existe cuestión federal vinculada con el derecho a la libertad de Muñoz (arts. 14, 18, 75 inc. 22 CN) y que, por la trascendencia de los bienes en juego y conforme a la doctrina de la CSJN en "Di Nunzio", el recurso resultaba admisible, proponiendo fijar audiencia y resolver el fondo; dicha postura quedó en minoría.
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