Logo

DON ALMENDRO S.A. c/ TWO WORDS S.R.L. s/ORDINARIO

Don Almendro S.A. reclamó el cobro de $178.287 por la venta de 150 kg de almendras y pidió actualización monetaria por deterioro inflacionario. La Cámara Comercial confirmó la sentencia de grado, desestimó la inconstitucionalidad de los arts. 7 y 10 de la ley 23.928 y mantuvo la aplicación de la tasa activa del Banco Nación como interés, con costas de alzada a cargo de la apelante.

Cobro de pesos Venta de mercaderia Actualizacion monetaria Inconstitucionalidad Interes bancario activo Tasa banco nacion Perdida de poder adquisitivo Costas de alzada Camara comercial Pericia contable.


¿Quién es el actor?

Don Almendro SA.

¿A quién se demanda?

Two Words SRL.
- Objeto de la demanda: Cobro de crédito por venta de mercadería (venta de 150 kg de almendras), monto reconocido en primera instancia $178.287 más intereses por mora desde el 28.07.2022.

¿Qué se resolvió?

La Cámara desestimó el recurso de apelación interpuesto por Don Almendro SA y confirmó la sentencia apelada en todo lo que fue materia de agravios; costas de alzada por su orden. (Decisión mayoritaria; la Dra. Alejandra N. Tevez expresó disidencia parcial).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "La declaración de inconstitucionalidad de una norma debe ser ejercida con extrema prudencia y con criterio restrictivo, tal como ha sido inveteradamente resuelto por la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación... El Alto Tribunal ya se ha pronunciado acerca de la constitucionalidad de esas normas, con argumentos que resultan suficientes para desestimar el planteo efectuado por la apelante." "La eventual insuficiencia del capital nominal frente al proceso inflacionario no constituye, por sí sola, un agravio constitucional que autorice a desplazar el régimen legal vigente... Por todo lo expuesto, corresponde desestimar el agravio vinculado a la declaración de inconstitucionalidad pretendida y confirmar el rechazo de la actualización monetaria del capital." "En tal sentido, esta Sala ha aceptado la pertinencia de aplicar, como se hizo en la sentencia recurrida, la tasa activa que cobra el Banco de la Nación Argentina... Las consideraciones efectuadas por la recurrente en torno al proceso inflacionario y a la evolución del valor adquisitivo del crédito no resultan suficientes para descalificar el régimen de intereses aplicado, en tanto no se ha demostrado que su utilización conduzca a un resultado manifiestamente irrazonable o confiscatorio... En consecuencia, corresponde desestimar el agravio relativo al régimen de intereses y confirmar, en este aspecto, lo decidido en la sentencia de primera instancia."
- Disidencia (señalada como minoría y no como decisión de la Cámara): La Dra. Alejandra N. Tevez manifestó disidencia parcial y sostuvo que, en supuestos de perjuicio sustancial por depreciación monetaria, corresponde "buscar la solución que mejor se adapte al caso en concreto" y consideró admisible aplicar el régimen previsto para obligaciones de valor para efectuar ajustes que eviten desvirtuar el principio de reparación plena; no obstante, se abstuvo de pronunciarse plenamente por ser innecesario ante la mayoría formadas en la desestimación del recurso.
- Datos relevantes: monto condenado $178.287; fecha de mora considerada 28.07.2022; informe pericial contable que indicó pérdida de valor adquisitivo del 127% al 8/8/2023 y una tasa negativa frente a inflación en torno al -36,57% según la actora; aplicación de la tasa activa del Banco de la Nación Argentina como régimen de intereses.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar