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RICO ANA MARIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora reclamó el recálculo y la aplicación de movilidad sobre su pensión y la declaración de inconstitucionalidad de topes y normas; el Juzgado Federal de la Seguridad Social N°2 rechazó la demanda por aplicación del principio venire contra factum proprium y condenó en costas a la actora.

Renta previsional Recalculo de haberes Pension Anses Venire contra factum proprium Ley 27.260 (reparacion historica) Inconstitucionalidad de topes Costas Honorarios Juzgado federal de la seguridad social


¿Quién es el actor?

RICO ANA MARIA.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Se solicitó el recálculo del haber previsional (beneficio de pensión nro. 15-5-6220997-0 vinculado al jubilatorio nro. 15-0-43238463-0), la aplicación de movilidad conforme la ley 24.241, y la declaración de inconstitucionalidad de diversos topes y de las leyes 27.426 y 27.541 y sus decretos reglamentarios, con expresa petición de condena al pago de las diferencias resultantes.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó la demanda en todas sus partes; se impusieron las costas a la actora y se regularon honorarios a favor del letrado de la actora en $305.190,60 (equivalente a 3,3 UMA al día de la fecha).
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos): "En virtud de ello, entiendo que el nuevo reajuste solicitado en autos, no puede tener acogida favorable puesto que su admisión importaría contradecir la conducta asumida con anterioridad por el propio demandante, que voluntariamente aceptó la propuesta ofrecida por la demandada en el marco de la ley 27.260 e implicaría la consiguiente violación de la regla “venire contra factum proprium nulla conceditur” que se basa en la inadmisibilidad de que un litigante o contratante fundamente su postura invocando hechos que contraríen sus propias afirmaciones o asuma una actitud que lo coloque en oposición con su conducta anterior. Tampoco resulta suficiente para la admisión de la reclamación deducida la alegación de un perjuicio económico fundado en el quantum de la prestación percibida puesto que no se advierte que el aquí demandante haya formulado oportunamente planteo de inconstitucionalidad alguno contra las normas de la ley 27.260." "La doctrina de los actos propios, conocida bajo la fórmula del principio del 'venire contra factum proprium non valet', proclama el principio general de derecho que norma la inadmisibilidad de actuar contra los propios actos. Es un límite del ejercicio de un derecho subjetivo, de una facultad, o de una potestad, como consecuencia del principio de buena fe y, particularmente, de la exigencia de observar un comportamiento consecuente."
- Votos en disidencia: No se consignan votos en disidencia en la sentencia analizada.

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