AMARILLA CRESCENCIO FASTIMO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora demandó a la ANSeS solicitando el recálculo y actualización de su haber previsional en virtud de la ley 24.241. El Juzgado Federal de la Seguridad Social N°2 hizo lugar parcialmente a la demanda, ordenó recalcular el haber inicial y su actualización conforme las pautas y movilidad fijadas, rechazó el pedido de suplementos extraordinarios y difirió aspectos relativos a la Ley 27.609 para ejecución.
¿Quién es el actor?
AMARILLA CRESCENCIO FASTIMO (parte actora).
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (A.N.Se.S.).
- Objeto de la demanda: Se solicita el recalculo/reajuste del haber previsional asignado conforme ley 24.241, la declaración de inconstitucionalidades vinculadas a normativa previsional y el pago de las diferencias y suplementos extraordinarios reclamados.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente a la demanda. Se ordenó a la ANSeS, dentro de los 120 días de firmeza, que proceda al recálculo del haber inicial asignado conforme los lineamientos de los considerandos; que el nuevo haber no resulte inferior a lo efectivamente percibido; que se actualice con los aumentos emergentes de la movilidad determinada en la sentencia; y que se abonen los haberes actualizados y las acreencias retroactivas con los intereses fijados. Se rechazó la pretensión relativa al pago de suplementos extraordinarios y se difirió el tratamiento de la Ley 27.609 para la etapa de ejecución. Costas a la vencida. Regulados honorarios conforme lo dispuesto.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de pasajes relevantes):
"Hago lugar parcialmente a la demanda interpuesta y en consecuencia, ordeno a la A.N.Se.S. a que en el plazo de ciento veinte días desde que exista sentencia firme en autos -considerando que las actuaciones administrativas se encuentran en poder de la demandada
- proceda al recalculo del haber inicial asignado, de conformidad con los lineamientos fijados en los considerandos."
"Queda analizar la constitucionalidad del Decreto 807/16. En tales términos, la actualización será hasta el 28/2/2009 conforme el fallo de la C.S.J.N. 'Blanco, Lucio Orlando c/ ANSeS s/Reajustes Varios'... Así resuelvo por cuanto acompaño la decisión del Superior declarando por este acto la inconstitucionalidad del Decreto 807/16..."
"Rechazar la pretensión relacionada con abonar al presentante los suplementos extraordinarios."
"Para el cómputo de las acreencias retroactivas que eventualmente resulten en favor de la reclamante, deberá el organismo demandado contemplar los intereses aquí fijados y de acuerdo a lo resuelto en materia de prescripción."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia en el texto de la sentencia analizada.
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