BUSTOS, MIRTHA EDITH c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamó la actora reajustes varios de haberes previsionales frente a ANSES, incluyendo la declaración de inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426 por períodos de julio a diciembre de 2017. La Cámara Federal de Mendoza hizo lugar parcialmente al recurso de apelación de ANSES: revocó la declaración de inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426 y declaró su plena constitucionalidad, confirmando en lo demás la sentencia de primera instancia.
¿Quién es el actor?
BUSTOS, MIRTHA EDITH.
¿A quién se demanda?
ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: reclamo por reajustes varios de haberes previsionales (recalculo de PBU, actualización de remuneraciones por PC y PAP conforme a jurisprudencia “Elliff”, inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426 por períodos devengados julio-diciembre de 2017, impugnación de la Resolución SSS 06/2009 y cuestionamiento de topes de ley diferidos para ejecución). Se consignó que la actora adquirió el beneficio el 01/03/2013.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto por ANSES y, en consecuencia, se revocó la sentencia de primera instancia únicamente en cuanto declaró la inconstitucionalidad del artículo 2 de la ley 27.426, declarando en su lugar la plena constitucionalidad de dicha norma; se confirmó en lo demás la sentencia apelada en cuanto no se oponga a lo decidido; se impusieron las costas de la instancia a la demandada vencida y se regularon honorarios en un 30% de lo establecido en primera instancia.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales):
- "La Corte Suprema de Justicia de la Nación, con fecha 4 de diciembre de 2025, en los autos 'Fernández Pastor, Miguel Ángel c/ ANSeS s/ amparos y sumarísimos' (CSS 138932/2017/CS1; CSS 138932/2017/2/RH1), resolvió revocar la sentencia de Cámara y declarar la constitucionalidad de la norma cuestionada."
- "En el considerando 11, que 'en el presente caso puede afirmarse que la ley 27.426 —vigente desde el 29 de diciembre de 2017— no vulneró un derecho adquirido por los beneficiarios pues, para ese entonces, el derecho a obtener o percibir el aumento de la ley anterior aún no había nacido —recién se devengaría en marzo de 2018— ni se contaba con los elementos necesarios para ello, dado que no se había completado el semestre al que hacía referencia la ley 26.417 para el cálculo de las variaciones necesarias para obtener el coeficiente de reajuste a aplicar'."
- "Los tribunales inferiores deben conformar sus decisiones a sus precedentes cuando estos fijan la interpretación de una norma federal, pudiendo apartarse de dicha doctrina únicamente cuando se aporten razones nuevas y fundadas ... lo que impone una rigurosa carga argumentativa para justificar la inobservancia del deber de seguimiento de los fallos del Máximo Tribunal..." (cita del voto del juez Rosenkrantz).
- Sobre la Resolución SSS 6/2009: "La Resolución 6/2009 resulta inconstitucional por vulnerar la debida proporción entre el haber de pasividad y el haber de actividad, creando un límite inexistente en la ley y alterando así los derechos previstos en el art. 14 bis del texto constitucional... La resolución es confiscatoria, porque... viola el derecho de propiedad (art. 17 CN) y el principio de integralidad de las prestaciones de la seguridad social (art. 14 bis CN)."
- Disidencias: los tres jueces adhirieron al voto que contiene el análisis; no consta disidencia.
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